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SFP veta a empresa para no dar servicios a ASIPONA Veracruz

ASIPONA le otorgó contratos de 2018 a 2021 para el nuevo puerto de Veracruz

SFP veta a empresa para no dar servicios a ASIPONA Veracruz

La Secretaría de la Función Pública solicitó a las dependencias y entidades de la administración pública federal, empresas productivas del estado, así como a las entidades federativas abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con la empresa Grupo Corporativo Urbis, SA de CV.

La circular contempla a la Administración del Sistema Portuario Nacional Veracruz, pues esta empresa tuvo contratos importantes en Veracruz, de 2018 a 2021, uno por adjudicación directa superior a los 129 millones y otro con invitación a cuando menos 3 personas, de 10 millones, 870.

El de adjudicación directa de 129 millones de pesos fue para la construcción de muro combinado de 300 metros a base de viga H y tablaestaca, para terminal pública en el nuevo puerto de Veracruz.

Mientras que el segundo, para la reposición de base hidráulica de explanadas C7, C10, CII y C13 en la Zona de Actividades Logísticas del Puerto.

Se trata de la circular OIC/ASIPONA TOPOLOBAMPO/TAR/1/2022.

Señala que con fundamento en lo dispuesto en los artículos 1, 14, 16 y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 77 y 78 fracción III de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, 1, 2, 3, 57 fracción I y 73 de la Ley Federa de Procedimiento Administrativo, de aplicación supletoria; 1, 18, 26, 37 fracciones XII y XXIX, 44 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 62 primer párrafo de la Ley Federal de Entidades Paraestatales; 1, 4, 6 fracción III, letra B, numeral 3, 8 fracción VI y X, 38 fracción III, numeral 12 y 40 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, publicado el 16 de abril de 2020; y en cumplimiento a lo ordenado en el Resolutivo cuarto de la Resolución número 09174/OIC/346/2022 de fecha dieciocho de noviembre de dos mil veintidós, que se dictó en el expediente número SANC.-0001/2022, mediante el cual se resolvió el procedimiento administrativo de sanción incoado a la persona moral Grupo Corporativo Urbis,SA de CV.

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"Esta Autoridad Administrativa hace de su conocimiento que a partir del día siguiente al en que se publique la presente Circular en el Diario Oficial de la Federación, deberá de abstenerse de recibir propuestas o celebrar contrato alguno en materia de obras públicas y servicios relacionados con las mismas, con dicha persona moral de manera directa o por interpósita persona, por el plazo de 27 meses".

Los contratos adjudicados y los que actualmente se tengan formalizados con la moral Grupo Corporativo Urbis, S.A de C.V, no quedarán comprendidos en la aplicación de la Circular, en términos del articulo 270 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas.

"Las Entidades Federativas y los Municipios interesados deberán cumplir con lo señalado en esta Circular cuando las adquisiciones y servicios, así como la obra pública que contraten, se realicen con cargo total o parcial a fondos federales, conforme a los convenios que celebran con el Ejecutivo Federal", concluyó.

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