En los últimos días, se ha viralizado en redes sociales un video que muestra a un grupo de empleados de Soriana protestando frente a una de las tiendas de la cadena, exigiendo un pago justo de utilidades.
- Los testimonios de los trabajadores revelan que las utilidades fueron reducidas drásticamente sin previo aviso, generando un gran descontento entre ellos. Esta situación ha levantado importantes dudas sobre los derechos laborales en cuanto al reparto de utilidades, especialmente en casos de despido.
DERECHO AL REPARTO DE UTILIDADES
El reparto de utilidades es un derecho constitucional para todos los trabajadores que laboran bajo una relación de contrato con una empresa o patrón.
- Este derecho se hace efectivo en el mes de mayo, después de la declaración de impuestos en abril. Según la Procuraduría de la Defensa del Trabajo (Profedet), todos los empleados que han trabajado más de 60 días para una empresa durante el año fiscal tienen derecho a recibir parte de las utilidades generadas.
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¿QUÉ OCURRE SI TE DESPIDEN ANTES DEL REPARTO DE UTILIDADES?
La Ley Federal del Trabajo establece que los trabajadores tienen derecho al reparto de utilidades independientemente de si fueron despedidos o renunciaron, siempre y cuando hayan laborado más de 60 días en el año fiscal correspondiente.
- En caso de haber trabajado menos de un año, el trabajador tiene derecho a recibir la parte proporcional correspondiente al tiempo trabajado.
Es importante que las empresas notifiquen a los empleados sobre la entrega de utilidades. Sin embargo, los trabajadores también pueden ponerse en contacto con sus empleadores para preguntar sobre el reparto de utilidades.
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PROCESO DE DISTRIBUCIÓN DE UTILIDADES
El reparto de utilidades se realiza en dos partes:
- Reparto igualitario: todos los trabajadores reciben una parte igual tomando en cuenta el número de días trabajados en el año.
- Proporción al salario: la otra parte se distribuye de acuerdo con el monto de los salarios recibidos por cada trabajador durante el año.
Las utilidades deben pagarse dentro de los 60 días posteriores a la fecha de la declaración de impuestos. Para las empresas, esta fecha límite es el 31 de marzo, por lo que el pago debe efectuarse a más tardar el 31 de mayo.
En el caso de personas físicas con actividades empresariales y profesionales, la fecha límite es el 30 de abril, debiendo pagar las utilidades a más tardar el 29 de junio.
EXCLUSIONES DEL REPARTO DE UTILIDADES
- No todos los trabajadores tienen derecho a recibir utilidades. Entre los excluidos se encuentran:
- Directores, administradores y gerentes generales de la empresa.
- Socios o accionistas de la empresa.
- Trabajadores eventuales que hayan laborado menos de 60 días durante el año.
- Profesionistas, técnicos y otros que presten sus servicios mediante el pago de honorarios sin una relación laboral subordinada.
- Trabajadores domésticos.