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Por Magda Zayas
Columna:

México y Belém do Pará

2024-02-01 | 07:09 a.m.
México y Belém do Pará
Diario del IstmoDiario del Istmo

Constantemente he abordado en este espacio la importancia y significación del derecho internacional en los países, es decir, los organismos internacionales son lo que han orillado a los estados a realizar los ajustes necesarios a sus normas locales para que se avance en la protección más amplia de los derechos humanos, lo que mejore se conoce como el principio de progresividad, es decir, que siempre se debe de avanzar en la materia.

Es así, que uno de tantos ejemplos sumamente relevantes de los grandes logros del derecho internacional es, el de las acciones encaminadas a combatir la violencia contra las mujeres, pues ésta contraviene el derecho de toda persona a ser tratada con dignidad y respeto, en un entorno libre de violencia y discriminación. Se trata de respaldar y contribuir en el marco de la ley no a quienes equívocamente se les llama grupos vulnerables, sino discriminados.

Sobre el tema que nos ocupa de violencia de género, fueron los Estados del Continente Americano quienes sumaron esfuerzos para crear, el 9 de junio de 1994, en el Pleno de la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos (OEA), la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (‘Convención de Belém do Pará’).

Posteriormente México, quien se dijo convencido de los principios rectores —la no violencia y la no discriminación— de la Convención, ratificó este instrumento internacional de naturaleza jurídica vinculante.  Uno de tantos compromisos de nuestro país, que a veces parecieran ser inobservados frente a muchas y absurdas argumentaciones que aún se resisten en atender la obligación suscritas que impulsan la protección más amplia de los derechos humanos.

El 8 de junio de 1994, la delegación que representara a México en el proceso de aprobación de la Convención, hizo una declaración en el sentido de que el gobierno mexicano reconocía la importancia de prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer, motivo por el que ya había apoyado iniciativas de la ONU en la materia y aplicado nuevos mecanismos para la atención a víctimas, la prevención y la sanción de los actos de violencia de género; afirmando que por estas razones y por qué estaba convencida de que la violencia contra la mujer representaba un problema grave y de interés mundial se manifestaba a favor de la aprobación de dicha Convención.

Pero no fue sino hasta el 4 de junio de 1995, que México firmó la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer; ésta conocida también como la Convención Belém do Pará, por el lugar en el que fue adoptada, fue el primer tratado internacional del mundo de Derechos Humanos que abordó específicamente la temática y la violencia contra las mujeres y que consagró el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia tanto en el ámbito privado como en el público.

Ahí se establecieron mecanismos de protección y defensa de los derechos de las mujeres como fundamentales para luchar contra el fenómeno de la violencia en contra de su integridad física, sexual y psicológica. Fue ahí, en ese instrumento donde se definió la violencia contra la mujer como una violación de los derechos humanos y de las libertades fundamentales.

Derivado de esa convención y tras largos años de lucha, en 2004 se creó el Mecanismo de Seguimiento de la Convención de Belém do Pará (MESECVI) para establecer un proceso de evaluación y apoyo continuo e independiente. Una metodología de evaluación multilateral sistemática y permanente que se fundamenta en un foro de intercambio y cooperación técnica entre los Estados Parte de la Convención y un Comité de Expertas.

El MESECVI analiza los avances de implementación de la convención y los desafíos en las respuestas de los Estados. El Comité de Expertas es el órgano técnico del MESECVI y está integrado por mujeres independientes designadas por cada uno de los Estados Parte y ejercen sus funciones a título personal. El Mecanismo está financiado por contribuciones voluntarias de los Estados Parte de la Convención y otros donantes, y la Comisión Interamericana de Mujeres (CIM) de la OEA actúa como su secretaria técnica.

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