El exsecretario de Gobierno durante la administración de Miguel Ángel Yunes Linares, Rogelio “N”, consiguió la plena libertad personal dentro del proceso penal 248/2021 seguido por la Fiscalía General del Estado (FGE).
La carpeta de investigación del proceso fue abierta por los delitos de abuso de autoridad y contra la administración de justicia, además de extorsión, donde figura como presunta víctima el exsecretario de Seguridad Pública, Arturo Bermúdez Zurita.
Lo anterior, después de que el juez de control de Pacho Viejo, Gregorio Esteban Noriega Velasco, diera cumplimiento a la sentencia de amparo 682/2021 del índice del Juzgado Decimoquinto de Distrito en el estado.
En dicho amparo, el juez federal señaló que fueron violados diversos derechos humanos del perredista, preso desde marzo del 2021 y con prisión preventiva en el proceso combatido, desde el 12 de agosto del 2021.
Al respecto, la defensa del exsecretario recriminó que el juez de control decretó la prisión preventiva necesaria en delitos que no ameritan dicha medida cautelar en la audiencia inicial de la fecha señalada; además, de que se negó, en la continuación del 17 de agosto, a abrir debate sobre el cambio en la medida cautelar, pese a que las condiciones objetivas de su imposición, habían variado.
Al encontrar que además el juez de Veracruz se excedió en sus facultades al dictar prisión preventiva, pues la impuso por el tiempo que durara el proceso, sin apegarse a lo dictado por el artículo 20, apartado B, fracción IX, segundo párrafo, de la Constitución Política y el 165, segundo párrafo, del Código Nacional de Procedimientos Penales.
Ello porque ambas establecen en idénticos términos que la prisión preventiva “no podrá exceder del tiempo que como máximo de pena fije la ley al delito que motivare el proceso y en ningún caso será superior a dos años, salvo que su prolongación se deba al ejercicio del derecho de defensa del imputado. Si cumplido este término no se ha pronunciado sentencia, el imputado será puesto en libertad de inmediato mientras se sigue el proceso, sin que ello obste para imponer otras medidas cautelares”.
Por ello, el juez de Distrito ordenó al juez de Pacho Viejo dejar insubsistente la determinación de imposición de la medida cautelar de prisión preventiva justificada contra Rogelio “N”.
Además, ordenó que sin dar intervención a las partes, emitiera una nueva resolución en la que, “apartándose de los argumentos que emitió en el acto reclamado y partiendo de los argumentos expuestos en esta sentencia, resuelva la petición de la medida cautelar bajo un análisis de proporcionalidad e idoneidad de la medida, imponga fundada y motivadamente la medida o medidas cautelares que estime pertinentes, detallando su temporalidad, si así lo ameritara su naturaleza”.
De tal suerte que, obedeciendo a lo ordenado por el juez de Distrito, la noche del 30 de enero, Gregorio Noriega Velasco dictó nuevas medidas cautelares consistentes en una garantía económica de 2 millones de pesos.
También decretó la prohibición de que Rogelio “N” salga del estado de Veracruz, se acerque a Arturo Bermúdez Zurita, a los testigos de este y al domicilio de este.
Cabe recordar que el exsecretario de Seguridad Pública, acusado por la anterior administración de desaparición forzada de personas, denunció a Rogelio “N” por querer “extorsionarlo” con respecto a la devolución de bienes de su propiedad a cambio de una reducción de penas o acuerdos reparatorios.
Por su parte, Rogelio “N” seguirá en preso al estar vinculado a proceso por el delito de violencia familiar