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Proceso electoral en Veracruz comenzará hasta enero de 2021

Proceso electoral en Veracruz comenzará hasta enero de 2021

El proceso electoral local en Veracruz, con el que se renovarán los 212 ayuntamientos y las 50 diputaciones al Congreso del Estado, iniciará en la primera semana de enero de 2021 y no en los primeros diez días del mes de noviembre de este año.

Así quedó en las modificaciones al Código Electoral de la entidad aprobadas por la mayoría de 33 votos del pleno de la Legislatura y 14 en contra.

Entre tanto, 14 diputados de oposición, la mayoría de Acción Nacional, rechazaron el dictamen emitido por las Comisiones Permanentes Unidas de Justicia y Puntos Constitucionales y de Organización Política y Procesos Electorales.

Durante la discusión de los cambios los parlamentarios del blanquiazul acusaron que Morena, al recortar los plazos para preparar la jornada comicial, procede con revanchas políticas y busca generar caos previo al comienzo de dicha contienda el siguiente año.

Las reformas a los artículos 169 y 170 del Código Electoral señalan que el proceso electoral de julio de 2021 iniciará en la primera sesión que realice el Consejo General del OPLE en la primera semana de enero.

Mientras que para el caso de las diputaciones el último día del mes de julio y el 15 de septiembre para ayuntamientos, siempre y cuando los triunfos hayan quedado definitivos ante los órganos jurisdiccionales. En el caso de la gubernatura, que se renovará en 2024, el proceso finalizará el último día de agosto.

Se deja por sentado que el OPLE tendrá hasta el segundo domingo de febrero del año de la elección para instalar los consejos distritales y hasta el 31 de marzo para la instalación de los consejos municipales especiales, órganos desconcentrados que se conformarán con cinco consejeros electorales, un secretario, un vocal de organización electoral, un vocal de capacitación electoral y un representante de cada uno de los partidos registrados.

La reforma al ordenamiento comicial veracruzano estipula tres medios de impugnación en la materia electoral: Recurso Electoral, que procedería contra actos o resoluciones de los Consejos Electorales y el Organismo Público Local Electoral (OPLE); Juicio de Defensa Ciudadana, que aplicaría en situaciones de “presuntas violaciones al derecho a votar y ser votado”.

Además, se implementa el Juicio Electoral, que se presentaría posterior a elecciones contra resoluciones de OPLE o nulidad de casillas.

Las modificaciones también se dieron en los artículos 22 y 171 de la Ley Orgánica del Municipio Libre, quedando establecido que el nuevo período de los ediles que integran los ayuntamientos es de tres años, ello en concordancia con la reforma constitucional del 22 de junio que se disminuyó de cuatro años a tres años.

Las modificaciones no tocaron mecanismos de democracia directa y participación ciudadana, tales como el plebiscito y el referendo popular.

Las comisiones Permanentes Unidas de Justicia y Puntos Constitucionales, y de Organización Política y Procesos Electorales, dictaminaron que tales eventos cívicos son parte de las atribuciones del Organismo Público Local Electoral (OPLE).

El proyecto señala que la reforma a la Constitución electoral impulsada por el gobernador, Cuitláhuac García Jiménez, aprobada previamente, establece que se propondrá y expedirá la legislación secundaria que normará la tramitación, así como efectos de tales herramientas.

“Este cuerpo dictaminador ha preferido esperar a que sea presentada la iniciativa correspondiente para hacer los ajustes legales que resulten necesarios al tenor, motivo por el que se ha privilegiado el no eliminar las referencias en el Código Electoral al desarrollo del Plebiscitos, Refrendo y Consulta Popular”.

De esta manera se eliminó del cuerpo de disposiciones propuestas en el texto de la iniciativa el contenido del artículo sexto transitorio.

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