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Módulo de Prisión Preventiva de Veracruz es “indigno”, denuncia la CNDH

Derechos Humanos pide denunciar a personal de la SSP por infringir lineamientos

Xalapa | 2024-02-11 | Jesús Ruíz
Módulo de Prisión Preventiva de Veracruz es “indigno”, denuncia la CNDH
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La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 307/2023 al Gobierno del Estado de Veracruz, tras comprobar que las personas que se encuentran en el Módulo de Prisión Preventiva de la ciudad de Veracruz viven en condiciones “indignas”.

El organismo nacional determinó que el Módulo se utiliza de manera irregular como un Centro de Reinserción Social, a pesar de no estar acondicionado para ello.

Además, se comprobó hacinamiento, sobrepoblación y estancias pequeñas, con un solo sanitario por cada veinte personas y que las personas duermen en el suelo con una colchoneta.

Para el organismo presidido por Rosario Piedra el Módulo no cuenta con infraestructura para albergar a personas en condiciones de vulnerabilidad y existe una insuficiente atención médica y las personas privadas de su libertad tienen que comprar sus medicamentos.

Entre otras irregularidades, la CNDH dijo que a los internos no se les ha vacunado, hay limitaciones en las llamadas telefónicas y el personal de vigilancia y custodia cobra por su uso y se recabaron testimonios de que dicho personal es irrespetuoso y actúa de manera omisa ante solicitudes.

PIDEN DENUNCIAR 

En su recomendación, la CNDH advirtió que no existe normatividad que establezca con claridad la naturaleza jurídica del Módulo, su uso, organización y funcionamiento, señalando que dos personas servidoras públicas omitieron realizar las acciones necesarias para emitir el lineamiento y el manual que regulen la organización, operación y funcionamiento de las instalaciones.

De esta manera la CNDH recomendó al Gobierno de Veracruz que la Secretaría de Seguridad Pública de la entidad colabore en la presentación y seguimiento de la denuncia administrativa que presente ante el Órgano de Control de esa Secretaría contra las dos personas omisas en la emisión de los lineamientos jurídicos del Módulo y contra el personal de seguridad y custodia.

Además, la SSP debe emitir el Decreto de Creación del Módulo en el cual se delimite de manera expresa su uso, capacidad y estadía máximas y se debe emitir el Reglamento del Módulo, en el cual se especificarán las condiciones mínimas de funcionamiento que garanticen el cumplimiento de los derechos humanos de los ocupantes y un trato digno.

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