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17 de octubre del 2024
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Elecciones 2024: Estos son los motivos por los que se puede anular una elección

Solo una autoridad tiene la capacidad de declarar la nulidad de una elección

México | 2024-05-23 | Lalo Landa
Elecciones 2024: Estos son los motivos por los que se puede anular una elección
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Mucho se ha dicho sobre si existe la posibilidad de que la elección del 2 de junio pueda ser anulada, aunque muy pocas personas se detienen a explicar que solamente bajo ciertos supuestos es que una votación puede ser anulada.

De hecho, la ley es muy clara al hablar de las causales de nulidad para el actual proceso electoral, tanto así que el Tribunal Electoral, ente colegiado para calificar la definitividad de la elección, las ha resumido de una manera bastante práctica.

Motivos por los que se puede anular una elección

De acuerdo al artículo 75 de la Ley general del sistema de medios de impugnación electoral, algunos de los factores que pueden influir en la anulación de una elección son:

  • Cuando una casilla se instala sin justificación en un lugar distinto al señalado
  • Entregar paquetes electorales fuera de los tiempos marcados en la ley, así como realizar el cómputo y escrutinio en un lugar distinto
  • Recibir la votación en una fecha distinta a la señalada o que sea recibida por un órgano distinto a los facultados por ley
  • Que con dolo se hayan cometido errores en el cómputo de los votos y que esto sea determinante en el resultado
  • Permitir a ciudadanos votar sin credencial de elector o que su nombre no esté en la lista nominal, y esto influya en el resultado de forma determinante
  • Impedir el acceso o expulsar a los representantes de los partidos políticos sin causa justificada
  • Que se haya ejercido violencia física o presión en contra de las y los electores y los integrantes de las mesas de casilla y esta acción sea determinante en la elección
  • Impedir el derecho al voto a los ciudadanos sin causa justificada y que sea determinante en el resultado
  • Que haya irregularidades graves, acreditadas y no reparables, durante la jornada electoral o en las actas de escrutinio y que pongan en duda la certeza de la votación

En el caso de la elección de diputados federales, estas irregularidades se acrediten en al menos 20 por ciento de las casillas del distrito y no se hayan corregido en el recuento de votos.

Además, que no se instale ese mismo porcentaje de casillas o cuando la fórmula de candidatos que hubieran obtenido la mayoría sean inelegibles.

Para senadores, cuando alguna de las faltas mencionadas antes se acredite en al menos el 20 por ciento de las casillas de la entidad y no se hayan corregido, no se instale ese mismo porcentaje de casillas o la fórmula que haya obtenido mayoría sea inelegible.

Ahora bien, para que la elección presidencial sea anulada, esta ley indica las siguientes causales:

  • Cuando alguna o algunas de las causales de nulidad previstas (…) se acrediten en por lo menos el 25 por ciento de las casillas instaladas en el territorio nacional y, en su caso, no se hayan corregido durante el recuento de votos
  • Cuando en el territorio nacional no se instale el 25 por ciento o más de las casillas y consecuentemente la votación no hubiere sido recibida
  • Cuando el candidato ganador de la elección resulte inelegible

En el caso de que estos supuestos se hagan realidad, corresponderá convocar a una elección extraordinaria donde no podrá participar la persona sancionada.

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