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¡Aprobada! Ley 3 de 3 impedirá a deudores alimentarios acceder a cargos de elección popular

Ley 3 de 3 impedirá a deudores y violentadores acceder a puestos de elección popular

¡Aprobada! Ley 3 de 3 impedirá a deudores alimentarios acceder a cargos de elección popular

En las primeras horas de este sábado y ante la maratonica sesión de la Camara de Senadores se dió a conocer que una de las diversas leyes aprobadas el día de ayer es la "ley 3 de 3".

Con la aprobación de esta ley establece que los deudores alimentarios y aquellos quienes han ejercido violencia contra las mujeres no podrán acceder a cargos de elección popular.

“Con la reforma propuesta se busca incidir favorablemente en la ética pública y política, en beneficio de la sociedad en su conjunto”, se destaca en el dictamen.

Las y los senadores coincidieron en que en una verdadera democracia, no basta con ser un funcionario eficiente, si se es acosador sexual; no basta ser un servidor público destacado, sí se es agresor por razones de género; no basta ser un legislador, un juez, un alcalde o un magistrado honrado y sin vínculos de corrupción, sí se es deudor de pensión alimenticia.

“Por eso, es necesario legislar para que se garantice la idoneidad de las personas que aspiran a acceder a cargos públicos”, enfatizaron las y los legisladores.

Una vez que fue aprobada por el Pleno del Senado, la reforma constitucional se remitió a las legislaturas estatales.


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