La representante legal de Barzón Resistencia Civil Veracruz, Teresa Carbajal, alertó a quienes terminen de pagar un crédito o deuda para que se obtenga el documento que avale esto, es decir, una carta finiquito.
Recordó que al ser diciembre un mes muy esperado por pago de aguinaldos y bonos anuales, una de las principales recomendaciones de cada fin de año, es pagar las deudas o por lo menos abonar algo para evitar la pesada carga que representa el mes de enero y el resto del año.
Expuso que los ahorradores que decidieron terminar con sus pendientes de pago como la tarjeta de crédito, la cuenta con la departamental, el auto, o mejor aún la hipoteca de casa, “hay ciertos aspectos que deben tenerse muy presentes a la hora de pagar. En primer lugar, debe observarse la diferencia entre un crédito que no reporta moratoria contra uno que sí la tiene”.
“Pues en el primer caso, al ir al corriente debe entenderse si el abono será una amortización a capital o un adelanto de mensualidades para evitar disgustos y sorpresas, pues veces se paga pensando que con ello van a bajar las mensualidades del crédito, pero en realidad solo se están adelantando meses, con lo que el monto mensual quedará igual”.
“Hay otros casos en donde los créditos tienen pactado que esas mensualidades se vayan hasta el final de la vida del crédito, es decir; los pagos anticipados no servirán ni para eliminar las próximas mensualidades a vencer y mucho menos para disminuir el capital”.
De ahí la importancia, acentuó, de no confiarse en la asesoría verbal del acreedor, sino en tomarse el tiempo de revisar y leer muy bien el contrato y la forma en que se pactaron las mensualidades anticipadas.
Si el caso ya se encuentra en moratoria lo más importante, será la negociación, es decir, llegar a un buen acuerdo con el acreedor. Una vez que se ponen de acuerdo ambas partes, se debe siempre respaldar ese acuerdo por escrito.
Si el caso aparte de moratoria se encuentra en un trámite de juzgados, es ante el juzgado que debe darse por concluido también el caso.
Asimismo, hay casos en donde también deben cancelarse las hipotecas.
“Este trámite sí debe atenderse con un notario público que sea de su confianza, pero es el acreedor quien va a otorgar la firma para que el trámite sea posible”.