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17 de febrero del 2025
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Economia y Negocios

¿Tenías listo el lunch? Profeco desmiente supuesta lista de alimentos que puedes ingresar al cine

Diversos medios han hecho eco de un listado que tendría el aval de esta dependencia; ¿es real?

México | 2025-02-17 | Lalo Landa
¿Tenías listo el lunch? Profeco desmiente supuesta lista de alimentos que puedes ingresar al cine
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En las últimas semanas diversos medios de comunicación han replicado una lista atribuida a la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) en la cual se describían diversos alimentos y productos que, según versiones, podrías meter a una función de cine.

A raíz de estas publicaciones la Profeco emitió un comunicado en el cual aclara si es real o no la citada lista a la cual han hecho eco no solo medios informativos, sino también usuarios de redes sociales que la han compartido sin investigar a fondo su veracidad.

¿Profeco emitió una lista de alimentos que sí puedes ingresar al cine?

En su sitio de internet, Profeco aclaró que con respecto a una supuesta lista donde se dice qué alimentos sí puedes meter al cine, la dependencia fue tajante al decir que dicha información es falsa.

"La institución en ningún momento publicó o difundió, a través de sus canales de comunicación oficiales, una supuesta lista de alimentos permitidos para ingresar a estos sitios".

Profeco aclaró que uno como consumidor puede decidir si adquiere o no los alimentos que se vendan en los cines; "sin embargo, al momento de adquirir un boleto, están aceptando los términos y condiciones establecidos en el contrato de los proveedores".

De hecho, esto también está avalado en los artículos 42 y 85 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, los cuales a grandes rasgos indican que:

  • Artículo 42: "el proveedor está obligado a entregar el bien o suministrar el servicio de acuerdo con los términos y condiciones ofrecidos o implícitos en la publicidad o información desplegados, salvo convenio en contrario o consentimiento escrito del consumidor"
  • Artículo 85: "se entiende por contrato de adhesión el documento elaborado unilateralmente por el proveedor, para establecer en formatos uniformes los términos y condiciones aplicables a la adquisición de un producto o la prestación de un servicio, aun cuando dicho documento no contenga todas las cláusulas ordinarias de un contrato".

Otra cosa que estaría prohibida por la ley es que la empresa revise tus mochilas o bolsa sin tu autorización, además que no pueden obligarte a hacerlo bajo la condición de no prestarte el servicio (en este caso, prohibirte ver la película) si no muestras lo que hay en tu bolso.

En ese sentido el titular de Profeco, Iván Escalante Ruiz, explicó que al momento de comprar un boleto nos adherimos a un contrato donde nos comprometemos a respetar los reglamentos del establecimiento.

"Si en el contrato de adhesión o en las condiciones está que no puedes ingresar con alimentos, tienes que cumplir con ese contrato, si no, finalmente, no vayas a ese cine, ve algún otro que no tenga esta limitación", señaló.

Así que ya lo sabes; si bien el cine no puede impedirte el acceso con alimentos, también hay un reglamento que debes respetar desde el momento que compras tus boletos por lo que la responsabilidad de lo que suceda una vez en la sala no solo recae en el cine, sino también en nosotros como consumidores.

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