Las personas físicas tienen hasta el 30 de abril de 2024 para presentar su declaración anual ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), pues de no hacerlo en ese lapso, pueden ser acreedoras a cuantiosas multas.
Si ya estás en el proceso de realizar este trámite fiscal, debes saber que existen algunos gastos del hogar que puedes deducir de impuestos. Aquí te decimos cuáles son, para que puedas reducir tu carga tributaria y optimizar tus finanzas. ¡Toma nota!
De acuerdo con el SAT, los gastos deducibles son aquellos que, como contribuyente, tienes derecho a disminuir de tus ingresos acumulables en la declaración anual del ejercicio. Entre ellos se incluyen servicios como internet, luz, teléfono, alimentación y educación.
El monto total de las deducciones (excepto gastos médicos por incapacidad y discapacidad, donativos, aportaciones voluntarias y aportaciones complementarias de retiro o estímulos fiscales) no puede exceder de cinco Unidades de Medida y Actualización (UMA) anuales o del 15% total de tus ingresos.
Si eres persona física, en tu declaración anual ante el SAT tienes derecho a presentar las siguientes deducciones personales:
Es importante que sepas que, para poder deducir de impuestos tus gastos del hogar, es necesario que cuentes con todas las facturas correspondientes como respaldo, pues de lo contrario, el SAT no te hará válida esta deducción.
En el caso de quienes realizan home office, el patrón deberá emitir un Comprobante Fiscal Digital por Internet que incluya los pagos de luz e internet bajo la clave 999 en el atributo c_TotalOtroPago.
Dentro del portal del SAT encontrarás la herramienta denominada "Visor de Deducciones Personales", con la que puedes consultar las facturas emitidas durante el año fiscal y verificar las que aplican como deducción personal.