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Por Jorge Yunis Manzanares
Columna:

Jorge Yunis Manzanares

Sin patear el pesebre

2023-04-13 | 07:46 a.m.
Sin patear el pesebre
Diario del IstmoDiario del Istmo

NUESTRO SISTEMA DE JUSTICIA PENAL ESTABLECE QUE LA POLICÍA ESTÁ OBLIGADA A RECIBIR LAS DENUNCIAS SOBRE HECHOS QUE PUEDAN SER CONSTITUTIVOS DE DELITO.

Entonces, cuando la denuncia sea presentada directamente ante la policía, ésta tiene la obligación de proceder, sin mayores requisitos, a realizar la investigación correspondiente, aunque deberá informar de dicha circunstancia al Ministerio Público en forma inmediata y por cualquier medio, sin perjuicio de realizar las diligencias urgentes que se requieran, en cuyo caso, deberá dar cuenta de ello al Ministerio Público posteriormente.

La denuncia podrá formularse por cualquier medio y deberá contener, salvo los casos de denuncia anónima o reserva de identidad, la identificación del denunciante, su domicilio, la narración circunstanciada del hecho, la indicación de quién o quiénes lo habrían cometido y de las personas que lo hayan presenciado o que tengan noticia de él, así como de todo cuanto constare al denunciante

Si se realiza en forma oral, se levantará un registro en presencia del denunciante, quien, previa lectura que haga de éste, lo firmará junto con el servidor público que lo reciba.

La denuncia escrita será firmada por el denunciante. Tratándose de informaciones anónimas, la policía constatará la veracidad de los datos aportados mediante los actos de investigación que considere pertinentes, y de confirmarse ésta, deberá iniciar la investigación correspondiente.

Nuestra ley nos dice que el ministerio público y la policía están obligados a proceder sin mayores requisitos a la investigación de los hechos presuntamente delictivos de los que tengan noticia y que, para el inicio de la investigación, basta la comunicación (escrita o verbal) de cualquier persona (víctima o testigo) para hacer del conocimiento de la autoridad investigadora tales hechos. Dicho de otra forma, las policías están facultadas y obligadas a recibir denuncias y, a partir de ese momento empezar una investigación. 

En México, son contadas excepciones; las policías no reciben denuncias, si te roban en tu casa, o si te roban en la calle y solicitas ayudas al policía más cercano y le reportas tales hechos, lo más seguro es que te pedirá que te presentes ante la agencia de ministerio público más cercana a levantar tu denuncia. 

Uno de los pocos estados en México es Guanajuato que capacitó a sus policías para que cuando la gente quiera denunciar ante ellos, traen una tablet y ahí les reciben la denuncia. Considero que la mayoría de los estados no reciben así de esta forma la denuncia cuando un ciudadano acude ante ellos por el que se haya cometido un hecho delictuoso en su contra, porque esto aumentaría sus estadísticas en denuncias y delitos cometidos en las fiscalías de sus estados.

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