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TIEMPO EN LA REGIÓN
09 de marzo del 2025
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Por Octavio Ramos Ramos
Columna:

El caso de los exploradores

2025-03-09 | 07:00 a.m.
El caso de los exploradores
Diario del IstmoDiario del Istmo

La reforma judicial combina la técnica con la sensibilidad social. La primera está prevista en la configuración de comités técnicos que evalúen a las candidaturas. Así, se valoran conocimientos técnicos, aptitudes, antecedentes, entre otras características. Por su lado, la sensibilidad social se demostrará en campañas electorales. Las y los candidatos expondrán sus puntos de vista, sus resoluciones, su historial y su filosofía de vida.

Recientemente participé en un foro jurídico en la Universidad Veracruzana donde platiqué sobre argumentación jurídica. Si bien es un tema técnico, sus efectos repercuten en la legitimidad, eficacia y adecuación de las decisiones judiciales. Por ello, ejemplifiqué lo complejo del tema con "El caso de los exploradores de las cavernas".

Es un ensayo ficticio escrito por Lon L. Fuller en 1949. Este texto continúa siendo una herramienta invaluable para reflexionar sobre la interpretación de la ley, el papel de la moral en el derecho y los límites de la función judicial.

Un caso, múltiples visiones

En el relato, cinco exploradores quedan atrapados en una cueva y, tras semanas al borde de la inanición, deciden sacrificar a uno de ellos mediante sorteo (tombolazo) para sobrevivir. Al ser rescatados, enfrentan un juicio por asesinato, con la pena de muerte como sanción establecida por la ley.

Lo fascinante de este caso es la diversidad de opiniones expresadas por los cinco jueces ficticios, quienes representan corrientes jurídicas fundamentales:

  • Juez Truepenny (Positivismo jurídico): Aplica la ley de forma estricta, declarando culpables a los acusados.
  • Juez Foster (Derecho natural): Sostiene que, al estar fuera de la civilización, no puede aplicarles la ley de forma absoluta. Además, defiende que su acción fue en legítima defensa.
  • Juez Tatting (Dilema moral): Conflictuado entre la moral y la ley, se abstiene de emitir un fallo.
  • Juez Keen (Formalismo jurídico): Rechaza cualquier interpretación moral, defendiendo la aplicación literal de la ley.
  • Juez Handy (Realismo jurídico): Prioriza el sentido común y la opinión pública, inclinándose por la absolución.

Mi visión como magistrado federal

Este caso es un ejercicio ejemplar de cómo las interpretaciones jurídicas, aun partiendo del mismo punto, pueden discrepar profundamente según la corriente filosófica o el método interpretativo empleado. Durante mi intervención en el foro, reflexioné sobre la responsabilidad de las personas juzgadores ante dilemas complejos:

  • ¿Es suficiente la aplicación literal de la norma, o debemos considerar su finalidad y el contexto social?
  • ¿Qué papel debe jugar la sensibilidad moral y el sentido común en la toma de decisiones judiciales?
  • ¿Cómo balancear el respeto a la ley con la búsqueda de justicia?

En mi experiencia como magistrado, he aprendido que detrás de cada decisión judicial se encuentra el desafío de armonizar el derecho positivo, con el imperativo de garantizar justicia social a todas las personas. Fuller nos invita a reconocer que la ley no existe en el vacío; está viva en su interpretación y en su aplicación, siempre atravesada por la humanidad y la ética del juzgador.


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