Xalapa | 2023-09-06
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó derogar la penalización del aborto prevista en el Código Penal Federal (CPF) desde 1931, ordenando al Congreso de la Unión a Legislar en esta materia.
Este miércoles, la Primera Sala resolvió que es inconstitucional el sistema jurídico que penaliza el aborto en el Código Penal Federal, "ya que viola los derechos humanos de las mujeres y personas con capacidad de gestar".
Los ministros otorgaron un amparo a la organización Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE), lo que permite la despenalización del aborto en todo el país.
Cabe señalar que dicha asociación civil promovió un juicio de amparo indirecto en el que controvirtió la constitucionalidad del sistema jurídico que regula el delito de aborto en el Código Penal Federal.
Esto por atentar contra el derecho al libre desarrollo de la personalidad, el derecho a la salud, a la igualdad y no discriminación y a la autonomía reproductiva.
Inicialmente, un Juez de Distrito sobreseyó el juicio de amparo, ya que consideró que la asociación civil carecía de interés legítimo.
Ese sobreseimiento fue revocado por el Tribunal Colegiado del conocimiento al reconocer que la quejosa sí contaba con interés para controvertir las normas impugnadas.
Ya que la defensa de los derechos reproductivos formaba parte de su objeto social, por lo que reservó jurisdicción al Tribunal para analizar la constitucionalidad del sistema normativo.
El resolutivo de la Corte implica cuatro avances en materia de derechos, pues ahora instituciones como el IMSS, le ISSSTE, Pemex y cualquier otra de salud pública federal deberá brindar el servicio de Interrupción Legal del Embarazo en todo el país.
Además, el personal médico de las instituciones de salud federales no podrá ser criminalizado por asistir abortos; se eliminará del Código Penal Federal el delito de aborto y todos los jueces locales y federales tendrán que implementar lo determinado por los jueces.
Esta medida permite a las mujeres y personas con capacidad gestante a ejercer la autonomía reproductiva de manera segura, efectiva, gratuita y sin ser criminalizadas.
Hay que recordar que la Corte resolvió que es inconstitucional castigar el aborto, lo que significó que ninguna mujer o persona gestante que interrumpiera su embarazo enfrentaría cargos penales por ello.
Hoy, con la decisión de la Corte se resuelve, además, que los servicios de aborto serán gratuitos en las instituciones federales.