La Justicia Federal tumbó el proceso legal instaurado por la Fiscalía de Veracruz en contra de la jueza de Veracruz Angélica N.
La decisión se basa en la determinación de que el juez de control, Roberto Santos Morales, desobedeció un amparo que prohibía la detención de la jueza al conceder la orden de aprehensión.
La jueza Decimoquinta de Distrito en el Estado de Veracruz, María Daniela León Linarte, tomó la decisión de considerar válido el incidente por exceso o defecto en la ejecución de la suspensión provisional que había sido gestionada por la defensa de Sánchez Hernández.
"Se declara PROCEDENTE y FUNDADO el presente incidente por incumplimiento de la suspensión provisional concedida a Angélica Sánchez Hernández", expone el resolutivo.
El caso se desencadenó cuando, durante la detención de Angélica N afuera de un hotel en la Ciudad de México, se constató que los agentes de la policía ministerial a cargo del operativo habían ignorado la suspensión provisional que prohibía su arresto.
La jueza contó con un respaldo significativo durante todo el proceso.
La directora general del Instituto Federal de la Defensoría Pública, un representante de organizaciones de la sociedad civil y expertos en derechos humanos, así como el presidente de la Barra Mexicana Colegio de Abogados A.C., actuaron como terceros ajenos al caso a través de la figura legal de Amicus Curiae, apoyando a su defensor, Ricardo Aguilar Rodríguez
La jueza Decimoquinta de Distrito de la justicia federal concluyó que existió un incumplimiento a la suspensión provisional y requirió a las autoridades responsables y vinculadas, para que, dentro del plazo de 24 horas, cumplan con la suspensión provisional concedida.
De esta manera el juez de control Roberto Santos Maldonado deberá emitir un acuerdo en el que deje insubsistente todo lo actuado en el proceso penal 297/2023, a partir del momento en el que policías ministeriales adscritos a la Fiscalía de Investigaciones Ministeriales, pusieron a su disposición a Angélica Sánchez.
La suspensión establece que se debe declarar nulas todas las actuaciones que haya practicado con motivo de la recepción del oficio presentado por los ministeriales.
“(…) tales como, la puesta a disposición de la quejosa, la fijación de hora y fecha para la celebración de la audiencia inicial, el desahogo de la misma, las medidas cautelares impuestas, el auto de vinculación a proceso.
“Cualquier resolución incidental dictada en tales autos o algún cambio de medida cautelar, la fijación de plazo para la investigación complementaria y todas y cada una de las subsecuentes actuaciones emitidas dentro de tal proceso penal”.
Lo anterior, en estricto acatamiento a la suspensión provisional que la jueza obtuvo el 9 de junio de 2023 dictada en el incidente de suspensión, determinando no tener a su disposición a Angélica Sánchez Hernández.
“(…) Y, por el contrario, establezca que, en virtud de que los hechos con apariencia de delito por los que se investiga a la aquí quejosa no ameritan prisión preventiva oficiosa, ORDENE QUE SE LE DEJE EN INMEDIATA Y ABSOLUTA LIBERTAD SIN CONDICIONAMIENTO ALGUNO”.
Además, la justicia federal determinó que la autoridad responsable policiaca deberá abstenerse de realizar actos o acciones que impliquen su participación directa o indirecta en la privación de la libertad de Angélica N, a efectos la suspensión concedida en su favor.
“Con el apercibimiento que, en caso de no cumplir en la forma y término referidos, las autoridades vinculadas al cumplimiento de esta resolución serán denunciadas al Ministerio Público de la Federación”.
Lo anterior debido a que el juez de control y el director general de la Policía Ministerial incurrieron en el incumplimiento de la medida cautelar concedida a Angélica N, ello cuando durante la audiencia inicial el defensor de la detenida hizo del conocimiento que existía una suspensión provisional concedida desde el 9 de junio del año en curso, derivado del juicio de amparo número 540/2023-3-B.
Hay que recordar que la jueza Angélica Sánchez salió del penal de Pacho Viejo la madrugada del viernes 14 de julio, tras conseguir la prisión domiciliaria a través de amparos.
La Fiscalía General procedió en contra de la jueza por presuntamente favorecer a Itiel "N" alias "Compa Playa", quien está vinculado a los homicidios de Leonardo Hernández alias "el Brujo" y Eneas Pérez Ramírez, ocurridos en 2018 durante un palenque clandestino en Playa Vicente.
Después de que Itiel “N” obtuvo un amparo en el proceso mencionado, la jueza Angélica N dictaminó, en pleno ejercicio de su jurisdicción, la no vinculación a proceso de Itiel "N" y ordenó su inmediata liberación en un plazo de una hora desde el Centro Federal de Readaptación Social número 18 en Ramos Arizpe, Coahuila.
Sin embargo, Itiel "N" fue nuevamente detenido por la misma causa penal y posteriormente vinculado a proceso.
La jueza otorgó una hora para que Itiel "N" fuera liberado. Como consecuencia de esto, Angélica N fue arrestada en la Ciudad de México el pasado 16 de junio y trasladada a los juzgados en Pacho Viejo.
Ahí, se le impuso la medida de prisión preventiva justificada por su presunta responsabilidad en los delitos contra la fe pública y tráfico de influencias.
Angélica N ya había sido detenida la mañana del lunes 5 de junio en la ciudad de Xalapa por presuntamente agredir a policías.
El propio gobernador, Cuitláhuac García, señaló que tienen pruebas de presuntos nexos entre Angélica N y la defensa de Itiel “N” alias “Compa Playa”, quien también es el presunto asesino del diputado Juan Carlos Molina Palacios.
Pese a lo anterior, la Fiscalía General del Estado terminó dejar en libertad a la jueza Angélica N tras su detención del 5 de junio, refiriendo que el proceso judicial en su contra continuaba abierto.