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Rocío Nahle no ha realizado actos anticipados de campaña: TEV

Magistrados del Tribunal Electoral local resolvieron no sancionar a Rocío Nahle, titular de Sener

Xalapa | 2023-04-14 | Jair García
Rocío Nahle no ha realizado actos anticipados de campaña: TEV
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Los magistrados del Tribunal Electoral de Veracruz resolvieron no sancionar a la titular de la Secretaría de Energía, Rocío Nahle García, por presuntos actos anticipados de campaña y desvío de recursos con fines proselitistas.

Dicha acusación la realizó el partido Movimiento Ciudadano, el cual promovió el procedimiento especial sancionador TEV-PES-2/2023 a través de su representante propietario ante el Organismo Público Local Electoral de Veracruz

En dicha acusación, señalaron presuntos actos que constituyen promoción personalizada, uso indebido de recursos públicos y actos anticipados de campaña.

Sin embargo, el pleno del Tribunal Electoral determinó, respecto a la promoción personalizada de un análisis de autos, que no se actualizan los elementos objetivo y temporal, toda vez que, en lo relativo al primero de ellos, de las pruebas certificadas por el OPLE no se advierte el ánimo de la ciudadana de promocionarse como candidata a algún cargo de elección popular.

De igual forma estableció que tampoco solicitó el apoyo o el voto de la ciudadanía, ni se advierte exposición de planes, proyectos o aspiraciones electorales, o que resalte su imagen ligada a logros derivados de su actividad como funcionaria pública.

Ni en campaña ni con recursos públicos

Por cuanto hace al momento en que se difundieron los mencionados mensajes, no se encontraba en curso algún proceso electoral en el Estado ni previsto para el presente año.

Respecto a los supuestos actos anticipados de campaña, del análisis del material probatorio que obra en autos, no se actualiza ninguno de los elementos exigidos para que se actualicen los actos anticipados de campaña, esto es ni el elemento personal, subjetivo ni temporal.

Por último, en lo relativo al presunto uso indebido de recursos públicos derivado de las publicaciones de las notas periodísticas, así como del contenido de los espectaculares denunciados, no es posible actualizar el uso indebido de recursos públicos por parte de la denunciada.

Esto en virtud de que de autos se advierte que ni las notas periodísticas ni los espectaculares fueron pagados y/o contratados y/o colocados por los denunciados.

Por estas y otras razones que se detallan en la sentencia, se declara la inexistencia de las violaciones objeto de la denuncia atribuidas a las partes denunciadas, así como deslindar de responsabilidad alguna al instituto político morena por culpa in vigilando.

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