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Xalapa

Licencias para negocios en Xalapa se pagan en la Tesorería desde este 2023

Centro de Regularización Empresarial y Apertura (CREA) sigue realizando trámites de licencias

Xalapa | 2023-01-03 | Jesús Ruíz
Licencias para negocios en Xalapa se pagan en la Tesorería desde este 2023
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Este mes de enero, los trámites de apertura y renovación de licencias de negocios se realizarán entre el Centro de Regularización Empresarial y Apertura (CREA) y se pagarán en la Tesorería Municipal de Xalapa, tras la reforma al Código Hacendario.

El Centro de Regularización y Apertura brinda la asesoría para la creación de la empresa. Dependiendo del giro, se podrá solicitar la cédula de empadronamiento o la licencia de funcionamiento respectiva. En caso de no cumplirse los locales pueden ser clausurados.

Para este año los derechos sobre este apartado se causarán y pagarán en UMAS de conformidad con la Ley de Ingresos; en caso de que no se haga el trámite los locales pueden ser clausurados.

¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS?

Los giros ‘A’ son considerados de bajo riesgo y en este se engloban negocios como cocinas económicas, salones de fiesta y gimnasios, para negocios como la venta de comida, es necesario además contar con dictámenes de las direcciones de Protección Civil, Desarrollo Urbano y Salud.

Entre los negocios giro “B” o de mediano riesgo están los que venden cerveza en botella cerrada, como las tiendas de conveniencia, mientras que los negocios “C”, considerados de riesgo alto, son bares o restaurantes con venta de cerveza, vinos y licores.

Cabe recordar que la reforma aprobada establece que los pagos ahora se realizarán ante la Tesorería, en vez de la Dirección de Desarrollo Económico, lo que incluye a todos los propietarios de negociaciones comerciales, industriales, de prestación de servicios y, en general, de toda actividad económica, o pena de sanciones.

“Las Cédulas de empadronamiento y/o Licencia de Funcionamiento deberán refrendarse durante el mes de enero de cada ejercicio fiscal, por lo que, en caso de su omisión, la autoridad municipal procederá a la sanción correspondiente y en su caso, a la clausura del establecimiento comercial”, indica.

Ambos permisos, tendrán una vigencia de un año, es decir, se renovarán anualmente:

“(…) hasta en tanto no se configure alguna de las causales de baja, previstas en los ordenamientos aplicables, así como: cambio de giro o de domicilio, traspaso, cambio de razón social, suspensión temporal, cese de actividades y en general cualquier modificación a las condiciones de funcionamiento del establecimiento comercial por las que se otorgó originalmente”.

Además, de manera invariable, se debe contar con el Formato Único de Apertura llenado totalmente y para lo cual se debe contar con clave catastral del inmueble.

Además, también es necesario contar con copia de la Credencial de Elector y copia de la Constancia de Situación Fiscal, con la actividad económica que realizará y con una antigüedad no mayor a tres meses.

También tienen que presentarse dos fotografías, una de la fachada del lugar y la colindancia con otros terrenos, además de una en la que se vea la calle o vialidad donde estará ubicado el comercio.

Un documento que ampare la propiedad o posesión del inmueble ya sea copia de escritura pública o contrato de arrendamiento. Se solicita igualmente una opinión favorable de uso de suelo expedida por la Dirección de Desarrollo Urbano, además de una opinión por escrito de diez vecinos cuando se trate de la venta de bebidas alcohólicas.

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