Con el fin de fungir como un órgano responsable y de enlace con dependencias y autoridades de los tres órdenes de Gobierno, la Secretaría de Marina creó la Unidad Naval de Protección Civil.
Dicha instancia deberá desarrollar y dirigir las acciones en materia de protección civil de la Institución, para la prevención, auxilio, recuperación y apoyo a la población en situaciones de emergencia, desastres y aquellos ocasionados por fenómenos naturales perturbadores.
Entre sus atribuciones tendrá las de coordinar con las unidades ejecutoras de la Secretaría de Marina la definición de rubros y claves para el ejercicio de los recursos provenientes del Ramo 23 del Presupuesto de Egresos de la Federación, con base en la regulación vigente, para la atención de emergencias y daños ocasionados por fenómenos naturales perturbadores.
También gestionar ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y la Coordinación Nacional de Protección Civil, las solicitudes de recursos por concepto de apoyos parciales inmediatos, así como para la atención de daños ocasionados por fenómenos naturales perturbadores a instalaciones navales.
Igualmente, coordinar con las Unidades Administrativas y Operativas de la Secretaría de Marina y autoridades de la Administración Pública Federal, sin perjuicio de las atribuciones de estas, la adquisición, control y distribución de los insumos y apoyos, que proporcionará la Secretaría de Marina en las actividades de Protección Civil en atención de emergencias ocasionadas por fenómenos naturales, conforme a los lineamientos emitidos en esta materia.
Una más, será la de coordinar los apoyos que proporcionarán las Brigadas Móviles en casos de emergencia y zonas de desastre ocasionados por fenómenos naturales perturbadores.