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Cabildo le cambia el nombre a Pueblo Viejo; ahora es Tampico Viejo

Sin importar la ley, el Ayuntamiento de Pueblo Viejo decidió cambiar de nombre

Cabildo le cambia el nombre a Pueblo Viejo; ahora es Tampico Viejo

Sin importar la ley, el Cabildo del Ayuntamiento de Pueblo Viejo decidió cambiarle el nombre por el de Tampico Viejo.

A pesar de que la Ley Orgánica del Municipio Libre, establece que cualquier modificación al nombre de alguno de los 212 ayuntamientos debe ser aprobado por las dos terceras partes del Congreso, eso no importó a la alcaldesa Valeria Nieto Reynoso.

De esta forma, propuso en sesión de Cabildo cambiar el nombre de Pueblo Viejo, por el de Tampico Viejo.

Incluso, esto fue presenciado por el diputado local Luis Fernando Cervantes Cruz, a quien resaltaron ser testigo de dicho cambio, el cual es ilegal.

¿Identidad?

Fue el propio ayuntamiento, quien difundió que por unanimidad del Cabildo, presidido por Valeria Nieto Reynoso aprobó el cambio del nombre a Tampico Viejo.

“En este evento estuvo presente como testigo el diputado local Luis Fernando Cervantes Cruz, el cronista de la ciudad Martín Pérez San Martín y agentes municipales”, dice parte textual de la información oficial.

La justificación que dieron para el cambio de nombre fue que el nombre de “Pueblo Viejo” no les brinda identidad con la ciudad, y por tanto se busca rescatar ese aspecto, que dijo no afecta en lo absoluto.

“Es importante mencionar que jurídicamente la documentación constitutiva del ayuntamiento, no se verá afectada”, refiere.

Cabe precisar que ese municipio al norte del estado de Veracruz, había cobrado notoriedad porque la alcaldesa Nieto Reynoso se convirtió en la primera presidenta municipal invidente en funciones.

Tal cambio de nombre hecho por el cabildo de Pueblo Viejo carecería de legalidad, pues deben hacer primero la solicitud al Congreso del Estado; y debe ser una mayoría calificada la que apruebe tal modificación.

Pero primero debe ser recibido por los diputados, revisado en comisiones, elaborar un dictamen, someterlo a votación, y tras una aprobación de dos terceras partes, aún debe ser publicado en un decreto en la Gaceta Oficial del Estado para que sea legal a partir del día siguiente.


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