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¡Atento! 20 de diciembre, fecha límite para que patrones paguen aguinaldo (+Video)

Los trabajadores tendrán un año para denunciar la omisión del pago de aguinaldo

Veracruz | 2022-12-19 | Laura Morales
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Los trabajadores tendrán un año para denunciar la omisión del pago de aguinaldo


El 20 de diciembre es la fecha límite para la entrega de aguinaldos, y los patrones deben cumplir con otorgar la prestación a sus empleados para no enfrentar problemas en materia laboral, señaló María José Rodríguez Quirasco, presidenta del Colegio de Abogados Laboralistas.

Recordó que deben recibirlo todos los trabajadores. Los que trabajaron todo un año tienen derecho al equivalente mínimo a 15 días de salario o en su defecto la parte proporcional y debe ser entregado antes del 20 de diciembre

Son 15 días y es una obligación porque no hay nada que discutir ahí, no queda de otra y todos tienen que pagar el aguinaldo. Los trabajadores que no lo reciban pueden acudir al Centro de Conciliación y Arbitraje que está en Costa de Oro, en Boca del Río.

"Está también el Centro Federal que se encuentra en Díaz Mirón, justo frente a Reino Mágico, que van a estar trabajando todas las vacaciones”. 

¿No te pagaron aguinaldo?

Los trabajadores que no reciban el aguinaldo pueden acudir a solicitar ayuda a los centros de conciliación, aunque no podrá interponerse la queja de manera anónima debido a que se le pedirán varios datos para poder revisar y actuar ante el proceder del patrón.

La prestación laboral aplica para todas las personas trabajadoras que prestan sus servicios de manera subordinada a un patrón, cuya relación laboral se rija por la Ley Federal del Trabajo. 

“No se puede de manera anónima, tienen definitivamente ellos que identificarse, les pedirán su información y todos los datos del patrón. Sino se prestaría a inseguridad jurídica, se tiene que pensar que el patrón debe defenderse y no podría hacerlo si no sabe quien lo acusa. Para el reclamo del aguinaldo se tiene un año”. 

¡Atento! 20 de diciembre, fecha límite para que patrones paguen aguinaldo (+Video)

Tienen derecho a recibir el aguinaldo los empleados de base, de confianza, de planta, sindicalizados, aquellos contratados por obra, tiempo determinado, temporada, por tiempo indeterminado sujeto a prueba o sujeto a capacitación inicial, eventuales, comisionistas, agentes de comercio, de seguros, vendedores, entre otros. 

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