El 2024 ha avanzado 'a velocidad de la luz' y con el inicio de noviembre, un nuevo puente se aproxima: se trata de el 20 de noviembre, fecha en que se conmemora el aniversario de la Revolución Mexicana, por lo que este día es considerado oficialmente un día feriado.
Aunque el 20 de noviembre no se trabaja, pues los bancos, instituciones de salud y en su mayoría, otros negocios, paran labores, hay algunas empresas que sí consideran idóneo el asistir a trabajar, pero presta atención, pues si acudes a tus labores, este día se debe 'compensar', te decimos de que manera.
La Ley Federal del Trabajo es la normativa que rige a todos los trabajadores y empleadores, es la máxima ley que regula el ámbito laboral mexicano, la cual vigila que las empresas cumplan con el salario mínimo, jornadas dignas, días de descanso, seguro social, pagos de aguinaldo, entre otras prestaciones, pero también, establece días feriados, donde los empleados tienen derecho a días de descanso obligatorio con goce de sueldo.
En este caso, el 20 de noviembre está establecido en la Ley Federal del Trabajo como un día no laborable, pero, si por alguna razón debes trabajarlo, tienes como derecho el recibir una compensación extra y según lo indica el artículo 75, debes recibir los siguientes pagos:
1. Salario diario
2. Un salario doble por trabajar en un día de descanso obligatorio
Esta disposición garantiza una compensación adicional para aquellos trabajadores que, por razones de necesidad o acuerdo con su empleador, desempeñen labores durante los días feriados establecidos por la ley.
Si el empleador presiona al trabajador para que trabaje en un día festivo sin pagarle, puede ser considerado una violación de las leyes laborales y estar sujeto a sanciones legales.
Si como trabajador, no recibiste la compensación correspondiente al laborar en un día de descanso obligatorio, puedes denunciar la situación en la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) la orientación es gratuita: https://www.gob.mx/tramites/ficha/centro-de-orientacion-telefonica-de-la-profedet/PROFEDET342
Además, tienen líneas telefónicas disponibles en toda la República: (01800 911 7877 y 01 800 717 2942), vía WhatsApp al 55 14 84 87 37 y un correo electrónico: orientacionprofedet@stps.gob.mx