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Presidenta presenta iniciativas de reforma para protección a mujeres

Secretaría de Mujeres, confirmó que se modificarán seis artículos de la Constitución Política en pro de este género

México | 2024-10-03 | Tere Mora Guillén
Presidenta presenta iniciativas de reforma para protección a mujeres
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En la matutina de éste jueves, la secretaria de las Mujeres, Citlalli Hernández, informó sobre las reformas constitucionales y leyes para la protección de las mujeres, lograr que haya igualdad entre hombres y mujeres. Las modificaciones se harán en el artículo 4 de la Constitución. 

1. Se garantiza la igualdad sustantiva para las mujeres en la Constitución.

2. Se garantiza la igualdad salarial entre hombres y mujeres, en la lógica de que a trabajo igual, salario igual sin distinción de género.

3. Se amplía la obligatoriedad de paridad de género en toda la Administración Pública Federal y local, es decir, gabinetes paritarios en todos los gobiernos.

4. Se fortalecen las medidas de protección para las mujeres en materia de violencia digital para fortalecer la Ley Olimpia y también para fortalecer las leyes que garantizan que el agresor salga de casa cuando las mujeres salen de casa.

5. Se garantiza mayor protección para las mujeres frente a la denominada violencia vicaria que esta violencia contra las mujeres ejercida a través de una tercera persona, generalmente por medio de amenazas, condicionamiento y agresiones a través de las y los hijos.

6. Se dispone que todas las entidades federativas deberán contar con fiscales de investigación de delitos por razón de género.

7. Se establece que las instituciones de seguridad pública y procuración de justicia deberán ajustar sus actuaciones con perspectiva de género.

8. Se contempla en la Constitución el derecho de todas las personas a una vida libre de violencia.

9. El Estado mexicano tiene deberes reforzados con las mujeres, lo que significa, fortalecer y profundizar su actuación para garantizar una vida libre de violencia.

10. Las autoridades federales puedan conocer de las medidas de protección que derivan de delitos del fuero común por razones de género.

11. Para mayor coordinación y colaboración institucional y entre los tres órdenes de gobierno, se crea el Registro Nacional de medidas de protección de las mujeres, adolescentes, niñas y niños.

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