Como bien sabes, México es uno de los países donde las jornadas laborales no son las que mejor establecidas están; vamos, ni siquiera son respetadas por muchas empresas, pues la carga de trabajo parece continuar incluso fuera de los horarios establecidos.
Y la pandemia de covid vino también a cambiar mucho la manera de trabajar, ya que varias empresas optaron por laborar a distancia, volviendo las apps de mensajería una herramienta indispensable para estar en comunicación con sus empleados.
Sin embargo, al terminar “oficialmente” la etapa mas crítica de la crisis sanitaria, la “costumbre” de enviar mensajes fuera del horario laboral parece que se quedó entre varios empleadores.
Pero, ¿sabías que la Ley Federal del Trabajo estipula que tus jefes deben respetar tu tiempo fuera de la oficina? Te contamos.
Desde 2021, el Senado aprobó la adición del artículo 68 bis a la Ley Federal del Trabajo, este da a los trabajadores el derecho a la desconexión digital.
Esto implica que el empleado puede abstenerse de participar en cualquier comunicación electrónica relacionada a su empleo en horas no laborales. Esto busca asegurar el respeto a su tiempo de descanso, vacaciones, permisos e intimidad personal y familiar.
“La adición del artículo 68 bis (…) prevé que la regulación, así como las modalidades de la desconexión digital atiendan la naturaleza de la relación laboral y privilegien la conciliación del trabajo con la vida personal.
“En este sentido, acota, se sujetarán a lo especificado en la negociación colectiva o en lo acordado entre el patrón y los representantes de las y los trabajadores”, señaló el Senado de la República tras su aprobación por unanimidad.
“También incluirá los mecanismos para prevenir y sancionar los actos hostiles que pudieran suscitarse cuando la o el trabajador ejerza su derecho a la desconexión digital, así como los actos que segreguen al personal o impliquen afectaciones a las prestaciones a que tengan derecho”.
Por eso, si no hay una negociación clara o no se estipula la forma en la que el empleador pudiera mantenerse en contacto con sus trabajadores fuera del horario establecido, no hay justificación legal para que esto siga ocurriendo.
Si bien la ley regula el derecho a la desconexión digital, la realidad es que para más del 65 % de las empresas en México es difícil respetar esta disposición, pues para muchos las responsabilidades suelen rebasar los horarios laborales.
Cabe recordar que la Ley Federal del Trabajo también considera como máximo que una jornada puede ser de ocho horas diarias, y que al menos debe tenerse un día de descanso por cada seis laborados.
En el caso de jornadas nocturnas, estas no deberán exceder las siete horas, además que deberá haber en ellas un descanso mínimo de media hora para cada trabajador.
Por ahora, sigue pendiente la aprobación de una nueva modificación a la jornada laboral, que haría que pasara de 48 horas a solo 40 y dará dos días de descanso al empleado, lo que no ha sido visto con buenos ojos por el sector empresarial.