En septiembre del 2019, la saxofonista mexicana María Elena Ríos Ortíz, fue víctima de un ataque con ácido cuando se encontraba en su domicilio en la ciudad de Huajuapan de León, en Oaxaca, sobreviviendo al ataque, sin embargo, tuvo que ser sometida a múltiples intervenciones quirúrgicas.
Desde entonces, la activista ha luchado para sancionar la violencia ácida . Ahora, con estas reformas aprobadas en la capital del país, donde se garantizará que los ataques sean castigados, así como la creación protocolos de prevención y atención para quienes viven este tipo de violencia.
La Ley Malena, se suma a las modificaciones de Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de la Ciudad de México y al Código Penal local, en materia de violencia ácida, la cual fue publicada este lunes en la gaceta oficial del gobierno de la Ciudad de México.
Su finalidad es castigar los ataques con ácido u otras sustancias químicas con 8 a 12 años de cárcel, la sentencia puede elevarse a 30 años, sin embargo, en los casos que las lesiones sean de manera permanente se tomará como tentativa de feminicidio.
Además de que se impulsará creación de un registro de víctimas de agresiones con ácido y otras sustancias químicas, con la finalidad de generar políticas públicas en contra de este delito.
Cabe mencionar que la "Ley Malena" también contempla los ataques ácidos contra mujeres transexuales y transgénero. En este sentido, las penas por agresiones con ácido o similares aumentarán cuando haya motivos que deriven de su orientación sexual, identidad o expresión de género.
Aunado al tiempo en prisión, las personas que ataquen con de ácido o sustancias químicas corrosivas, se harán acreedoras a una multa de 300 a 700 veces la unidad de medida vigente. Mientras que el Ministerio Público tendrá la obligación de asegurar una reparación monetaria del daño adecuada, eficaz, efectiva y proporcional a la gravedad del delito.
Además, la violencia ácida será considerada como tentativa de feminicidio, en casos donde las lesiones “provoquen deformidad o daño físico permanente en algún órgano interno, externo u ocasione la pérdida del oído o la vista, lo cual brindará herramientas jurídicas indispensables a las víctimas de este delito".