A través de un comunicado, la Dirección de Tránsito del Estado puntualizó que ninguna autoridad municipal tiene la facultad para autorizar el transporte público de pasajeros, así sea a nivel urbano con unidades tipo autobús, con lo que exhibió que el servicio que otorga el Ayuntamiento a través de los autobuses Gallo y Búhos está fuera de la ley.
"Lo anterior queda establecido en el artículo 118 de la ley 589 de Tránsito y Transporte para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, debido a que esto es facultad del Estado, por tal motivo se exhorta a los servidores públicos abstenerse de llevar a cabo cualquier acto o dar alguna orden con el fin de autorizar, coordinar o dirigir, o en su caso proporcionar o promocionar la prestación del servicio de transporte público en cualquiera de las Modalidades o Submodalidades", remarcó.
La dependencia puntualizó que el brindar el servicio de transporte público al margen de lo que establece la ley, constituye un delito.
Destacó que esta práctica transgrede además los derechos de los titulares de las concesiones que sí se encuentra regularizadas y cumplen con sus requisitos para dar el servicio, pues menoscaba sus ingresos.
"Las facultades de los municipios están conferidas claramente en el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en este no se encuentran las del servicio de transporte público", puntualizó.
Con este comunicado, la dependencia da la razón a lo señalado por concesionarios del transporte públicos en su modalidad de autobuses de pasajeros y taxis, quienes el pasado domingo llevaron a cabo una movilización en protesta por la prestación del servicio de transporte urbano de pasajeros por parte de las unidades municipales Gallos y Búhos.