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11 de enero del 2025
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Estado

Con cambios de último momento aprueban presidencia rotatoria en el TSJE de Veracruz

*Reforma permite a la actual presidenta del PJE repetir en el cargo de ser electa este 2025*

Xalapa | 2025-01-11 | Jesús Ruíz
Con cambios de último momento aprueban presidencia rotatoria en el TSJE de Veracruz
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El pleno del Congreso del Estado aprobó un dictamen que permite una presidencia rotatoria en el Tribunal Superior de Justicia del Estado (TSJE), aplicable tras el proceso electoral extraordinario de 2025.  

Aunque inicialmente no lo permitía, de último momento los diputados aprobaron cambios a la iniciativa para que la actual presidenta del Poder Judicial del Estado, Lisbeth Aurelia Jiménez Aguirre, pueda repetir en le presidencia de resultar electa en el proceso local extraordinario de este año.

La iniciativa, presentada originalmente por la Comisión Permanente de Justicia y Puntos Constitucionales, impedía que la magistrada presidenta actual pudiera aspirar a repetir en el cargo.

  • Sin embargo, durante la sesión legislativa, se aprobó una propuesta modificatoria al dictamen con el objetivo de ajustar diversas disposiciones de la Constitución estatal. En el documento aprobado se argumentó:  
  • "La propuesta modificatoria tiene por objeto efectuar algunas correcciones y precisiones en el Proyecto de Decreto, toda vez que la intención original busca rescatar y armonizar la esencia de la reforma constitucional federal, pero la transcripción literal propuesta podría derivar en la afectación de derechos humanos reconocidos bajo el principio pro-persona, al implicar una restricción retroactiva sobre los derechos político-electorales de quienes han ejercido la Presidencia del Tribunal Superior de Justicia con antelación a la reforma".  

El análisis presentado destacó que el dictamen inicial contravenía los principios establecidos en el artículo 1º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Dicho artículo establece que todas las normas deben interpretarse en favor de la protección más amplia de los derechos humanos

Asimismo, el artículo 14, que prohíbe la retroactividad en perjuicio de derechos adquiridos, fue señalado como un fundamento para evitar posibles afectaciones a los derechos político-electorales.  

La reforma fue aprobada con 39 votos a favor, 9 en contra y ninguna abstención, confirmando los ajustes que permitirán una presidencia rotatoria en el Tribunal, además de otros cambios.

Así, a partir del Proceso Electoral Extraordinario 2026-2027, la rotación será plenamente efectiva y quien resulte electo con el mayor número de votos obtendrá la presidencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJE) por un periodo de 3 años.  

En el caso de Jiménez Aguirre, se estableció que se mantendrá en la presidencia hasta la toma de protesta de las nuevas magistradas y magistrados electos. Recientemente ella misma confirmó que participará en la elección extraordinaria, lo que abre la posibilidad de que resulte electa y de repetir en la presidencia que por única ocasión funcionará durante un bienio.

Previamente también se confirmó la participación de los togados María del Socorro Hernández Cadena, Rosalba Hernández Hernández, María Lilia Viveros Ramírez, Arturo Sosa Vásquez, Antonio Sobrevilla Castillo, Denisse Uribe Obregón, Sergio Jiménez Maraboto y Esteban Martínez Vázquez.

Otros cambios aprobados 

Este sábado la Comisión Permanente de Justicia y Puntos Constitucionales del Congreso presentó el dictamen de reforma constitucional propuesta apenas el pasado 8 de enero del año en curso por el diputado de MORENA, Diego Castañeda Aburto. 

La iniciativa modificó en menos de un mes la reforma a la constitucional estatal publicada el 27 de diciembre de 2024, que introdujo la elección popular de magistrados, jueces y juezas de primera instancia, además de la creación del Órgano de Administración Judicial y el Tribunal de Disciplina Judicial

La reforma también dispone que la presidencia del Tribunal Superior de Justicia y del Órgano de Administración Judicial no podrá recaer en la misma persona, como sí lo permitía la reforma publicada apenas el 27 de diciembre.

"(...) la persona titular de la presidencia del Tribunal Superior de Justicia no debe encabezar al mismo tiempo la presidencia del Órgano de Administración Judicial, a fin de preservar la autonomía en las funciones de cada órgano, con la finalidad de dotarlos de independencia operacional, al impedir una doble investidura en una misma persona; manteniéndose los criterios de la reforma federal, que propone que los órganos jurisdiccionales y administrativos sean independientes".

Además, también se aprobó incrementar el número de magistrados en el Tribunal de Disciplina Judicial de tres a cinco integrantes y que quienes integren el Pleno del Órgano de Administración Judicial duren en su encargo seis años improrrogables.

  • "En este mismo tenor, la Presidencia de dicho Tribunal se equipará a tres años, con la del Tribunal Superior de Justicia y el Órgano de Administración Judicial. Estando así en condiciones de tener un cuerpo colegiado sólido que refleje el principio de representación y legitimidad democrática asumida por la reciente reforma", añade el dictamen. 
  • En los cambios aprobados se establece la forma en que se realizarán las propuestas de aspirantes a Magistradas y Magistrados de los Tribunales Superior de Justicia, de Disciplina Judicial y de Conciliación y Arbitraje.

El Poder Ejecutivo, por conducto de la persona titular del Gobierno del Estado, el Poder Legislativo y el Poder Judicial, postularán cada uno hasta tres personas por cada cargo disponible. 

Al efecto, el Poder Legislativo realizará para ello votación calificada de dos terceras partes de las Diputadas y Diputados presentes y el Poder Judicial mediante la aprobación de la mayoría del Pleno del Tribunal Superior de Justicia.

Para las propuestas de aspirantes de Juezas y Jueces de Primera Instancia, los Poderes del Estado postularán hasta dos aspirantes por cada cargo disponible, en los mismos términos previstos para los magistrados.

Entre otros cambios también se homologó la fecha de inicio de la etapa de preparación de los comicios estatales, trasladándola de noviembre a septiembre del año anterior a la elección

Finalmente, el Congreso del Estado tendrá un plazo de diez días hábiles para emitir la convocatoria correspondiente al proceso extraordinario de renovación de magistraturas y jueces, los magistrados electos en el proceso extraordinario 2024-2025 durarán en el cargo dos y cinco años, dependiendo del número de votos obtenidos.



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