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Estado

Alcalde de Río Blanco descartó que reglamento sea ‘ley de ultrajes a la autoridad’

Río Blanco | 2022-02-14 |
Alcalde de Río Blanco descartó que reglamento sea ‘ley de ultrajes a la autoridad’
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El alcalde de Río Blanco, Ricardo Pérez García, descartó que el nuevo reglamento municipal para faltas administrativas sea una ley de ultrajes a la autoridad como la del estado de Veracruz.

Entrevistado antes de encabezar las bocas colectivas en este municipio, indicó que no se puede tener la certeza de dar seguridad a todos los ciudadanos si se permiten faltas de respeto a la misma autoridad.

Señaló que esta comuna condena toda falta de respeto y violencia hacia cualquier elemento policiaco, funcionario o persona, pues eso habla de una descomposición social.

Indicó que hay muchas situaciones que se ven en el municipio, como personas que sacan sus perros a defecar en parques, jardines o la vía pública, talleres y otros negocios que se apropian de las banquetas, y personas que ingieren bebidas embriagantes en jardines y espacios públicos, pero no se hacía nada porque no había un sustento jurídico que respaldara las acciones de la autoridad.

Aunque en el artículo 4 inciso IV se señala que “Faltarle el respeto a las autoridades administrativas, utilizando argumentos amenazantes, intimidatorios u ofensivos para impedir o entorpecer sus labores”, el alcalde descartó que esto sirva de pretexto para cometer abusos de autoridad o violaciones a los derechos humanos.

Recordó que al momento no hay corporación policiaca municipal, pero hay  contacto con la Policía Estatal y existe la colaboración entre ambas partes para que todo vaya por buen camino y los ciudadanos se sientan seguros y no agredidos.

Agregó que como ayuntamiento han apoyado a la Policía Estatal para que su estancia sea más digna, pues tenían algunas condiciones desfavorables.

Cabe mencionar que el pasado fin de semana se publicó en la Gaceta Oficial el nuevo reglamento municipal, en donde se consideran amonestaciones, multas de hasta 4 mil pesos y arresto administrativo de 36 horas para quienes alteren el orden en lugares públicos y de uso común. 


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