El Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer el pasado 17 de junio que se implementarán cambios en un trámite fiscal obligatorio, los cuales entrarían en vigor un mes después, es decir, este miércoles 17 de julio.
Si eres parte de los contribuyentes a los que está dirigida esta obligación, sigue leyendo para conocer los detalles y evitar sanciones con el SAT.
Se trata del Complemento Carta Porte, un anexo a la factura CFDI que se emite para amparar el traslado de mercancía en territorio nacional, y es obligatorio para los contribuyentes que se dedican, precisamente, al transporte de bienes y productos dentro del país, ya sea por vía terrestre, aérea, marítima o ferroviaria.
En este trámite se otorgan detalles de los bienes o mercancías transportados, las ubicaciones de origen y destino, puntos intermedios si los hay, así como información referente al medio por el cual son trasladadas.
El SAT, a través de su sitio web oficial y el Diario Oficial de la Federación, dio a conocer una actualización en este trámite, denominada ‘versión 3.1’, la cual entrará en vigor a partir del 17 de julio.
La institución no considera un periodo de convivencia entre la versión anterior (3.0) y la próxima, por lo que los contribuyentes a quienes corresponda tienen hasta la fecha mencionada para actualizarse al nuevo formato.
Las modificaciones significativas integradas por el SAT a esta próxima nueva versión del trámite son las siguientes: