Reclamo de adeudos por omitir el pago de impuestos por ingresos no reportados hace años, multas por incumplir con la declaración anual, fue aprovechado por el fisco durante los trámites de la constancia de situación fiscal.
De acuerdo con informes de El Universal, algunos trabajadores que tramitan el documento no tienen cómo comprobar si pagaron o si su contador lo hizo, pues se trata de ejercicios fiscales pasados.
Fiscalistas consultados por El Universal advirtieron que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) no puede condicionar la entrega del documento al pago de adeudos añejos.
El integrante de la Comisión Técnica Fiscal 2 del Colegio de Contadores Públicos de México, Roberto Colín, dijo que, si existe un crédito o adeudo fincado, se puede cobrar.
Sin embargo, no es impedimento para que el SAT entregue a los contribuyentes la constancia.
Para el consultor Javier Zepeda, si el contribuyente no tiene cómo comprobar que sí cumplió, le van a seguir cobrando.
Empero, los contribuyentes que acuden al SAT por su constancia sólo van a eso, no para revisión de adeudos pendientes, ya que no hay tiempo para hacerlo porque las oficinas están saturadas.
Ante este panorama, lo más recomendable es: