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Economia y Negocios

¿Qué productos ya no se podrán importar por incentivar al huachicol?

Se busca detener la práctica del huachicol que ha afectado al mercado de combustibles

Ciudad de México | 2023-10-26 | Román Huerta
¿Qué productos ya no se podrán importar por incentivar al huachicol?
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En un paso para combatir el mercado ilícito de combustibles y contrarrestar el impacto del huachicol, el Gobierno Federal ha anunciado restricciones temporales a la importación de diversas mercancías vinculadas con el contrabando y la adulteración de hidrocarburos.

Este decreto, además de proteger la salud, el medio ambiente y la seguridad de las comunidades cercanas a los centros de manejo de combustibles, tiene como objetivo mitigar el deterioro de vehículos particulares y del transporte público.

Entre las mercancías afectadas se encuentran:

  • Productos minerales.
  • Benzol.
  • Naftaleno.
  • Toluol.
  • Xilol.
  • Aceites crudos de petróleo.

También se incluyen productos químicos, como:

  • Hexano.
  • Buteno.
  • Benceno.
  • Melanol.

Se busca detener la práctica del huachicol que ha afectado al mercado de combustibles en los últimos años.

¿Qué productos ya no se podrán importar por incentivar al huachicol?

Marcial Díaz, presidente de la Asociación de Regulados del Sector Energético (ARSE), destacó la importancia de estas medidas para el mercado y las finanzas públicas, al señalar que limitar y someter a revisión las importaciones de estas mercancías contribuirá significativamente a frenar las actividades ilícitas relacionadas con el huachicol.

NUEVOS REQUISITOS PARA IMPORTACIÓN

El decreto también establece nuevos requisitos para la importación de estas mercancías, exigiendo a los solicitantes que demuestren la necesidad y destino específico para su proceso productivo, asegurando que contribuirán al desarrollo de actividades lícitas.

Para aquellos que ya cuentan con permisos de importación para estas mercancías, se permitirá continuar con sus operaciones, siempre y cuando informen su intención de continuar en un plazo de 30 días hábiles desde la entrada en vigor del decreto.

La Secretaría de Energía evaluará estas solicitudes y emitirá respuestas en un plazo máximo de 15 días hábiles, marcando un paso firme en la lucha contra el huachicol y sus consecuencias perjudiciales.

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