Xalapa | 2025-02-25
La Universidad Veracruzana (UV) rechazó la Recomendación 004/2025 emitida por la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Veracruz (CEDHV), argumentando que el organismo desechó pruebas sin analizarlas, abordó aspectos fuera de su competencia y vulneró el debido proceso.
Mediante el oficio CEDHV/DSC/0156/2025, fechado el 27 de enero y recibido el 28 del mismo mes, la CEDHV notificó a la UV sobre presuntas violaciones al derecho a la integridad personal, el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia y el derecho al trabajo de una trabajadora identificada como V1.
La universidad sostiene que los señalamientos del organismo presidido por Namiko Matzumoto carecen de fundamento y motivación jurídica, por lo que decidió no aceptar la recomendación.
"En la Recomendación 004/2025 se observan diversas inconsistencias que representan un análisis que adolece de congruencia, objetividad e imparcialidad con relación al material probatorio que fue ofrecido oportunamente por la funcionaria y trabajadoras de la Secretaría de Desarrollo Institucional, violentando así el debido proceso", indicó la institución en un comunicado.
De acuerdo con el expediente CEDHV/IVG/DAV/0116/2023, la UV presentó pruebas sobre las tareas asignadas a la trabajadora dentro de sus funciones laborales.
Sin embargo, la CEDHV concluyó que estas indicaciones constituían acoso, en concordancia con la denuncia de la afectada.
"Las pruebas fueron aportadas en tiempo, como consta en el expediente CEDHV/IVG/DAV/0116/2023.
"No obstante, en lo que se refiere a indicaciones de tareas a desarrollar como parte de las jornadas laborales de la quejosa, quien las señala como acoso, en algunos párrafos de la misma recomendación la CEDHV sostiene que:
"No es competente para conocer y pronunciarse respecto a los hechos expuestos en este asunto en concreto, los cuales evidentemente son cuestiones de índole exclusivamente laboral´, pero en la recomendación lo señala como una violación", señaló la UV.
La universidad también afirmó que la CEDHV excedió su competencia al pronunciarse sobre aspectos como compensaciones económicas, carga laboral y estructura de trabajo, asuntos que corresponden a la autoridad laboral jurisdiccional.
"Se violentó el principio de congruencia e imparcialidad que en toda resolución debe cumplirse", sostuvo la institución.
La administración universitaria reiteró su compromiso con la protección de los derechos humanos, pero enfatizó que no aceptará una recomendación que, a su juicio, "carece de exhaustividad, congruencia, imparcialidad y objetividad, y que jurídicamente no es aceptable".
La CEDHV documentó que una trabajadora de la UV fue víctima de violencia laboral tras ser excluida e invisibilizada por una superior jerárquica en la Secretaría de Desarrollo Institucional (SDI).
La víctima, con más de 14 años de antigüedad en la universidad, fue asignada como Representante Jurídico en febrero de 2022, pero en agosto de ese año comenzó a recibir un trato distinto por parte de su jefa inmediata.
En noviembre de 2022, la titular de la SDI le retiró sus funciones y dejó de comunicarse directamente con ella.
Desde entonces, las instrucciones laborales fueron transmitidas a través de intermediarios o por correo electrónico, lo que, según la CEDHV, generó un ambiente de exclusión. "El trato que V1 comenzó a recibir en su trabajo tenía el objetivo de excluirla o invisibilizarla", señala la recomendación.
El organismo acreditó que la trabajadora fue sometida a una carga excesiva de trabajo, incluso durante incapacidades médicas. Además, la titular de la SDI acudió a los consultorios de los médicos tratantes para solicitar información sobre su estado de salud.
"En dichas visitas existía un interés por perjudicar y desacreditar a V1", advirtió la CEDHV.
En su testimonio, la trabajadora indicó que, a partir de noviembre de 2022, la relación laboral se deterioró.
"Desde ese mes, la comunicación ya no fue directa ni personal", declaró. La Comisión identificó que las instrucciones le eran dadas a través de intermediarios y oficios, lo que "confirma el mensaje de exclusión" que recibió.
El informe concluyó que la situación afectó la autoestima de la víctima y limitó sus capacidades profesionales.
"Las tareas asignadas minimizaban sus capacidades intelectuales", menciona la CEDHV, señalando que las actividades que le fueron encomendadas se reducían a copiar artículos de reglamentos y elaborar directorios, alejadas de sus funciones previas.
Durante la investigación, la CEDHV intentó entrevistar a otros trabajadores de la SDI, pero la UV negó la diligencia.
"Esta situación imposibilitó recabar pruebas necesarias para la determinación de los hechos", indica el documento, advirtiendo que la falta de colaboración podría derivar en sanciones administrativas o penales.
La Recomendación 004/2025 establece que la UV debe pagar una compensación a la trabajadora afectada, ofrecerle una disculpa privada y garantizar su derecho a una reparación integral del daño.
Además, instruye a la institución a capacitar a su personal en materia de violencia laboral y derechos humanos.