Xalapa | 2025-03-06
El Congreso de Veracruz aprobó tipificar y sancionar la violencia vicaria, definida como cualquier acto u omisión dirigido a causar daño a una mujer mediante la instrumentalización de sus hijas, hijos, familiares o personas adultas mayores, así como mascotas o animales de compañía.
Las modificaciones contemplan penas de dos a seis años de prisión para quienes cometan este tipo de violencia, siempre que entre la víctima y el agresor haya existido o exista una relación de matrimonio, concubinato o de hecho, sin importar si compartieron domicilio.
También se establecen sanciones como la suspensión o pérdida de la patria potestad cuando se acredite el uso de menores para ejercer violencia contra la madre.
El dictamen aprobado con 36 votos a favor, 0 votos en contra y ninguna abstención incluye medidas cautelares, como la restricción de convivencia con los hijos y la obligación de recibir asistencia psicológica especializada.
Además, la Fiscalía General del Estado deberá adecuar su normatividad y capacitar a su personal en un plazo de 120 días para la correcta aplicación de las nuevas disposiciones.
La reforma establece que la violencia vicaria puede manifestarse a través de amenazas de daño, ocultamiento, retención o sustracción de seres queridos, así como su utilización para obtener información sobre la víctima.
También incluye la promoción de violencia física o psicológica contra la madre con el propósito de afectar el vínculo materno-filial.
Otras conductas consideradas en este tipo de violencia son inducir al suicidio mediante el deterioro de la salud mental y física de la víctima, condicionar el cumplimiento de obligaciones alimentarias y ejercer violencia sexual contra personas cercanas a la mujer con el fin de someterla.
Además, contempla el uso de terceros para violentarla, la amenaza de interrumpir tratamientos médicos de niñas y niños y la interposición de acciones legales basadas en hechos falsos para privarla de la guarda, custodia o patria potestad de sus hijos.
"Todas estas conductas se consideran enunciativas, pero no limitativas", señala el dictamen, lo que significa que cualquier acción con un propósito similar también puede ser reconocida como violencia vicaria.
Datos del Frente Nacional contra la Violencia Vicaria revelan que en el 86 por ciento de los casos documentados se registran amenazas contra mujeres a través de sus hijos, en el 76 por ciento se presentan sustracciones u ocultamiento de menores y en el 88 por ciento se inician procesos legales para arrebatar la custodia.
La reforma fue impulsada por la diputada Victoria Gutiérrez Pérez, del Grupo Legislativo de Morena, quien presentó la iniciativa original. Posteriormente, las diputadas Astrid Sánchez Moguel, Naomi Edith Gómez Santos, Janeth Adanely Rodríguez Rodríguez y Tanya Carola Viveros Cházaro presentaron una propuesta en el mismo sentido.
Ambas iniciativas fueron analizadas por las Comisiones Permanentes Unidas de Justicia y Puntos Constitucionales, Para la Igualdad de Género y de Derechos de la Niñez, la Adolescencia y la Familia, que respaldaron las reformas para fortalecer la protección de las víctimas.
Las modificaciones contemplan la tipificación de la violencia vicaria en el Código Penal, la inclusión de causales para la pérdida o limitación de la patria potestad en el Código Civil y su incorporación en la Ley de Víctimas. También se perfecciona la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y la Ley de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.