Xalapa | 2024-07-16
En el Congreso de Veracruz se presentó una iniciativa de decreto para adicionar el Artículo 175 Bis al Código Electoral de Veracruz, con el objetivo de favorecer el registro de candidaturas de personas con discapacidad en las próximas elecciones para renovar los ayuntamientos y diputaciones.
Para las diputaciones, las listas de representación proporcional deberán incluir una fórmula integrada por personas con discapacidad dentro de los primeros ocho lugares.
Estas candidaturas deberán cumplir con el principio de paridad de género, permitiendo que, cuando el propietario sea hombre, la suplente pueda ser mujer, pero no viceversa.
Las personas candidatas deberán acreditar su condición de discapacidad mediante un certificado o constancia médica expedida por una institución de salud pública o a través del Certificado Electrónico de Discapacidad (CEDis), conforme a la Norma Oficial Mexicana NOM-039-SSA-2023.
Entre las principales inquietudes y opiniones manifestadas, se destacó la solicitud de implementar una cuota de candidaturas para personas con discapacidad bajo el principio de mayoría relativa.
Además, se recomendó que las candidaturas de representación proporcional se encuentren en una mejor posición dentro de las listas plurinominales, específicamente dentro de los primeros diez lugares.