Xalapa | 2024-08-27
Desgraciadamente, a día de hoy un buen porcentaje de la población incurre en faltas a las reglas de tránsito que son acreedoras a multas impuestas por la Guardia Nacional, que pueden alcanzar hasta los 24 mil pesos.
Lo que muchos desconocen, sin embargo, es que tras cumplirse el plazo para pagar estas infracciones (30 días hábiles), la deuda es liquidada y transferida a la autoridad fiscal correspondiente; sí, hablamos del Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Una vez que el organismo asume el caso, tiene la facultad de iniciar un proceso administrativo de ejecución para asegurarse de la recuperación total de la deuda; esto, para el infractor, puede llegar en forma de embargo de bienes o cuentas bancarias.
Este proceso de cobranza activa conlleva una serie de acciones legales, comenzando por un requerimiento de pago formal, es decir, el abono inmediato del monto total de la deuda; esta, por así decirlo, la última oportunidad para el infractor de pagar su multa por las buenas.
Si esta solicitud continúa sin ser atendida por el deudor, el SAT puede solicitar el embargo de bienes del mismo, comenzando principalmente por el vehículo asociado con la infracción, además de la congelación de cuentas bancarias e incluso la suspensión de la licencia de conducir hasta que se liquide la deuda.
Nuestra principal recomendación obviamente es que no caigas en acciones que conlleven multas de tránsito, pero si ya has recibido una, lo mejor es que no esperes al último momento para pagarla, o las consecuencias pueden ser peores ante el SAT que nunca perdona.
Si eres deudor de una multa de tránsito, puedes generar tu línea de captura llamando al 088 en tu celular o a través del sitio de la Guardia Nacional. Es posible obtener un descuento de alrededor del 25% si pagas dentro de los primeros 15 días, y si renuncias a tu derecho de apelación.