Xalapa | 2025-03-07
El reparto de utilidades es un derecho laboral que permite a los trabajadores recibir una parte de las ganancias de la empresa en la que laboran. Este pago se realiza con base en las declaraciones fiscales de las compañías y es obligatorio para aquellas que hayan generado utilidades superiores a los $300,000 pesos en el año fiscal anterior.
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El pago del reparto de utilidades tiene fechas específicas según el tipo de empleador:
- Para trabajadores de empresas privadas: Se realiza entre el 1 de abril y el 30 de mayo de 2025.
- Para trabajadores del sector gubernamental: En caso de que aplique, el pago debe efectuarse entre el 1 de mayo y el 29 de junio de 2025.
No todos los empleados tienen derecho a recibir este beneficio. Los siguientes trabajadores están excluidos del reparto de utilidades:
- Directores, administradores y gerentes generales de las empresas.
- Trabajadores eventuales que hayan laborado menos de 60 días en el año fiscal.
- Socios o accionistas de la empresa.
- Profesionistas que presten sus servicios por honorarios y sin una relación de subordinación.
- Empresas de nueva creación durante su primer año de operación, así como aquellas que elaboren productos de nueva industria (según determinación de la Secretaría de Economía).
- Instituciones sin fines de lucro, como organizaciones civiles y de asistencia social.
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Si eres trabajador y tienes derecho a este pago, es importante que revises tu recibo de nómina y consultes cualquier duda con tu empleador o con la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET).