Pensión IMSS: estos son los requisitos para heredar el pago y quiénes pueden
*Es crucial para garantizar que los seres queridos no queden desprotegidos; existe la posibilidad de heredar la pensión del titular*
Ciudad de México | 2024-09-20
El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) emitió información para los pensionados sobre los procedimientos que deben seguir sus familiares en caso de fallecimiento.
Esto es crucial para garantizar que los seres queridos no queden desprotegidos, ya que existe la posibilidad de heredar la pensión del titular, siempre y cuando se cumplan ciertos requisitos.
¿QUIÉNES PUEDEN HEREDAR LA PENSIÓN DEL IMSS?
Cuando un pensionado fallece, únicamente ciertos familiares pueden acceder a una pensión mensual. Los principales beneficiarios son los dependientes directos, como hijos, cónyuges y padres. Para iniciar el proceso de herencia de la pensión, es necesario acudir a la Unidad de Medicina Familiar (UMF) más cercana y presentar una serie de documentos:
- Acta de defunción del pensionado.
- Identificación oficial vigente del solicitante, y en algunos casos, una copia certificada del acta de nacimiento.
- Acreditación del vínculo familiar: los cónyuges deben presentar el acta de matrimonio, mientras que otros familiares deben demostrar su relación con el fallecido.
- CURP del fallecido y de los solicitantes.
- Solicitud de pensión.
- Comprobante de estudios: necesario para hijos mayores de 16 años y menores de 25.
- Comprobante de dependencia económica: los padres del fallecido deben demostrar que dependían de él económicamente.
- Después de presentar la documentación, los solicitantes deben esperar alrededor de 60 días hábiles para recibir una resolución.
TIPOS DE PENSIONES DISPONIBLES
El IMSS ofrece diferentes tipos de pensiones para los familiares de pensionados que han fallecido. Cada tipo tiene requisitos específicos:
PENSIÓN POR VIUDEZ
- El fallecido debe tener al menos 150 semanas de cotización.
- La esposa o concubina debe demostrar su vínculo y dependencia económica.
PENSIÓN DE ASCENDIENTES
- Solo se concede si no hay cónyuge, hijos o concubina con derecho a pensión.
- Se debe probar el vínculo filial y la dependencia económica.
PENSIÓN POR ORFANDAD
- Los hijos deben probar su vínculo hasta los 15 años; entre 16 y 25 años, deben presentar comprobantes de estudios.
- El fallecido debe haber acumulado 150 semanas de cotización.
¿CÓMO SE DISTRIBUYE LA PENSIÓN?
Es importante señalar que la pensión del IMSS no se transfiere en su totalidad a los familiares. Según la Ley del Seguro Social de 1973, los porcentajes son los siguientes:
- 90% para la esposa o concubina.
- 20% para los hijos (30% si son huérfanos de ambos padres).
- 20% para ascendientes que dependan del asegurado, si no hay cónyuge o huérfanos.