Xalapa | 2024-06-03
Una práctica común que realizan todos aquellos quienes cuentan con una tarjeta de crédito o débito de cualquier institución es realizar transferencias bancarias. Su uso más frecuente es el de realizar pagos, ya sea por no contar con efectivo o porque la terminal no funcione.
Sin embargo, este proceso, por simple y gratuito que sea, no está exento de ciertas restricciones. Si creías que el muy temido Servicio de Administración Tributaria (SAT) no vigilaba este tipo de operaciones, te equivocas.
El SAT, dentro de su objetivo de aplicar legislaciones fiscales a personas físicas y morales, tiene la obligación de vigilar la cantidad de dinero que ingresas a tus cuentas y los movimientos que haces.
Si la entidad financiera a la que estás suscrito llegase a detectar movimientos extraños o excesivos, se verá en la necesidad de reportar la situación al SAT, el cual procederá a investigar los motivos de tus movimientos y las sumas elevadas de dinero que involucran.
En sí, no existe un número máximo de operaciones que puedes hacer, pero, de acuerdo con la Ley del ISR, el monto máximo para depositar o recibir en cuentas es de 15 mil pesos mensuales sin notificar.
Cualquier excedente puede ser considerado sospechoso por tu institución financiera, y si es reportado al SAT, estos podrían tomar precauciones como verificación de identidad o retenciones, para evitar potenciales casos de evasión fiscal, fraudes o conductas ilícitas.
Es importante que estas regulaciones sean de conocimiento para los usuarios, para que estén más conscientes al momento de cumplir con sus obligaciones fiscales correspondientes.