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Solo 5 estados garantizan protección a mujeres durante contingencia

Solo 5 estados garantizan protección a mujeres durante contingencia
Foto ilustrativa tomada de Animal Político


De los poderes judiciales de los 32 estados, solo cinco garantizan protección a las mujeres en caso de violencia y servicios con perspectiva de género durante el confinamiento por COVID-19, de acuerdo con un estudio de la asociación civil Equis Justicia.


Esto a pesar de que el gobierno federal ha advertido de un posible aumento en las agresiones intrafamiliares, por lo que ha incluido como “servicios esenciales” los de atención a violencia contra las mujeres, es decir, que no se deben suspender.


El informe “(Des)Protección Judicial en tiempos de COVID-19” analizó los anuncios de las labores que seguirán haciendo o detendrán los Poderes Judiciales locales, y encontró que la mayoría pararon actividades sin garantizar acciones como girar órdenes de protección a víctimas, medidas en caso de que se deje de pagar la pensión alimenticia, o el servicio de los centros de convivencia familiar para que niños vean a padres agresores en condiciones de seguridad.


En un índice construido con seis indicadores y calificado de cero a 100, apenas 12 entidades tuvieron 50 o más puntos. Los peores casos son Baja California y Guanajuato, donde sus avisos se limitaron a informar que no habrá labores. Les siguieron Guerrero, Jalisco, Oaxaca y Zacatecas, que no llegaron ni a 15 puntos.


En cambio, el estado mejor evaluado por la organización fue Querétaro, ya que estableció que habrá guardias para dar continuidad a todos sus servicios. Los otros aprobados son Colima, Michoacán, Nuevo León y Baja California Sur. La Ciudad de México fue colocada en la posición 12, con una calificación de 50 sobre 100.


Sin garantía de medidas de protección


Tres de los seis criterios evaluados por Equis Justicia son las diferentes maneras de otorgar protección legal a las mujeres víctimas de violencia, tanto por vía de juzgados familiares como penales, y el hallazgo es que la mayoría de Poderes Judiciales no las están garantizando.


Una de esas maneras son las “medidas de protección en materia penal”, que se dictan desde el inicio de una investigación contra alguien acusado de cometer un delito, como un intento de feminicidio. Primero las emite el Ministerio Público y luego el Poder Judicial debe ratificar, cancelar o modificar.


Tan solo en enero y febrero de 2020 se iniciaron 33 mil 645 carpetas de investigación por violencia familiar, es decir, 23.3 denuncias por hora. Y aunque ONU Mujeres, la Secretaría de Gobernación y el Instituto Nacional de las Mujeres (Inmujeres) han previsto un incremento en la violencia intrafamiliar por el confinamiento, solo cinco poderes judiciales tomaron en cuenta la necesidad de tener personal para ratificar estas medidas emitidas por los MP: Baja California Sur, Morelos, Nayarit, Querétaro y Tamaulipas. Otros ocho estados dieron a entender que sí lo harían, aunque no lo dejaron claro, y 19 omitieron por completo información sobre si lo harán o no.


Algo similar pasa con las “medidas precautorias en materia familiar”; estas no son por delitos, pero sí para mujeres que quieren iniciar o están en proceso de una denuncia, como demandar el divorcio o la guardia y custodia de los hijos. El juez ordena al marido salir provisionalmente del domicilio para que ella pueda enfrentar la demanda sin riesgo de sufrir violencia, o suspende el régimen de visitas si se considera riesgo de agresión a los y las niñas. El informe encontró que solo siete de 32 poderes judiciales informaron que sí tendrán guardias de personal para estas medidas.


Un tercer procedimiento fundamental son las “órdenes de protección”, ya que no necesitan una denuncia o proceso judicial; basta con la declaración de la víctima, si corre peligro, para que se ordene a su presunto agresor poner distancia, y en algunos casos se ofrezca un albergue si la denunciante queda en una situación vulnerable.


Estas también corren por vía familiar o penal: en la primera, 17 estados sí organizaron guardias para emitirlas, pero en lo penal, solo siete aseguraron que cuentan con personal para emitirlas.


“La suspensión de labores de los Poderes Judiciales, sin que se tomen en consideración medidas para proteger y prevenir la violencia contra las mujeres, aumenta la vulnerabilidad a la que están expuestas ante una contingencia sanitaria que las pone en especial situación de riesgo, obstaculiza el acceso a la justicia y representa un sesgo de género que deja ver que los Poderes Judiciales aún están muy lejos de comprender la violencia contra las mujeres como un problema sistemático y estructurales frente al cual además tienen obligaciones constitucionales reforzadas”, señaló el estudio en sus conclusiones.


Desprotección a hijas e hijos


La asociación consideró importante también la garantía de pago de pensiones alimenticias, porque aunque los beneficiarios son las hijas e hijos, en ocasiones, puede utilizarse contra la madre “cuando el agresor retiene el pago de las pensiones con el objetivo de colocar a la mujer en una situación de precariedad económica y, de este modo, retener una posición de control sobre la familia”.


En este caso sí hubo una mayoría de estados, 21, que vigilarán que el pago de pensiones continúe. Aunque la organización señaló que también es importante que no se ponga en pausa los juicios de alimentos que estaban por iniciar, ya que en un periodo de crisis económica es cuando más hará falta.


También pensando en las niñas y niños, se analizó qué pasará con los Centros de Convivencia Supervisada, que ofrecen un espacio neutral para que sigan en contacto con un progenitor que ha sido acusado de violencia familiar. Resulta que prácticamente todo el país los cerró durante la contingencia, y solo dos estados, Chiapas y Querétaro, establecieron alternativas para que se realicen las convivencias en condiciones de seguridad. Chiapas, por ejemplo, determinó que se usen las videoconferencias.


Por último, Equis Justicia puso la lupa en si el Poder Judicial elaboró políticas laborales internas para garantizar las necesidades de su personal. Los grupos vulnerables más considerados para darles facilidades fueron los mayores de 60 años, personas con enfermedades crónico-degenerativas, y mujeres embarazadas o en periodo de lactancia.


Pero lamentó que solo en 10 estados se propuso flexibilidad o exentar de guardias a quienes derivado de la emergencia sanitaria por COVID-19, enfrentarán carga adicional de trabajos de cuidado en sus hogares, que suelen ser las mujeres que atienden a los y las niñas, abuelos y enfermos, y que el gobierno federal también ha advertido de la importancia de brindarles apoyo desde el ámbito laboral.


CON INFORMACIÓN TOMADA DE ANIMAL POLÍTICO: https://www.animalpolitico.com/2020/04/poderes-judiciales-proteccion-mujeres-pandemia-covid-19/


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