¿Cuáles son los pasos que faltan para la consulta sobre expresidentes?
Este martes el presidente López Obrador envió al Senado de la República la solicitud para realizar la consulta popular sobre si enjuiciar o no a sus antecesores (de 1988 a 2018).
Sin embargo, según la Constitución y la Ley de Consulta Popular aún falta que se cumplan los siguientes procesos para que el ejercicio sea una realidad:
Visto bueno de la SCJN
Este mismo martes 15 de septiembre la Cámara ya envió la solicitud a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, donde se definirá su constitucionalidad, en un plazo máximo de 20 días naturales. El plazo vence el 5 de octubre.
Además, la Suprema Corte revisará que la pregunta derive directamente de la materia de la consulta, además de que el cuestionamiento no sea tendencioso o contenga juicios de valor; emplee lenguaje neutro, sencillo y comprensible, y produzca una respuesta categórica en sentido positivo o negativo.
Voto en el Congreso
Por otro lado, si el asunto se declara constitucional se notificará a las comisiones de ambas Cámaras del Congreso para que debatan la propuesta y la lleven al pleno de cada espacio. En esta etapa, el proceso avanzará si es aprobado por mayoría simple en las dos cámaras.
Finalmente, con el voto favorable del Congreso se expedirá la Convocatoria de la consulta popular mediante un decreto y se notificará al Instituto Nacional Electoral para que organice el ejercicio.
¿Qué día sería la consulta?
Las consultas populares se realizara´n el primer domingo de agosto, según el artículo 35 de la Constitución.
Resultado vinculante
El resultado de la consulta será vinculatorio para los poderes Ejecutivo y Legislativo federales, así como para las autoridades competentes, si la participación total en la consulta popular corresponde al menos al 40 por ciento de los ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores.
Con información de Aristegui Noticias