Xalapa | 2022-12-22
Si cuentas con un vehículo con placas atrasadas, no te pueden consignar la unidad ni remitirla a un corralón, salvo que no trajeras licencia de conducir, sin embargo sí te pueden infraccionar.
De acuerdo con abogados especialistas en derecho administrativo, la principal recomendación es que los dueños de dichas unidades regularicen sus vehículos cambiando por las nuevas placas.
En caso de no querer o no poder hacerlo, la opción que tienen para evitar ser infraccionados, y desde luego para que no se remita su unidad al corralón, es promover un amparo, con la posibilidad de que sí se les brinde la protección de la justicia federal.
Sin embargo, advirtieron, que de igual manera, algún juez federal puede contar con algún criterio, en el que establece que al ser propietario de un vehículo, asume las responsabilidades de las contribuciones que genera o impone la autoridad de la materia.
Integrantes del despacho Advokasi de Xalapa indicaron que ni la Dirección de Tránsito, ni la Policía Vial, y ni siquiera la Guardia Nacional en su división carreteras, puede quitar las unidades a los conductores, salvo cuando no cuentan con placas o no traen licencia de conducir.
En este caso, si las placas están vencidas, pero traen licencia de manejo, sólo se hacen acreedores a la multa correspondiente, pero no les pueden remitir su unidad al corralón.
Pero si además de las placas atrasadas, tampoco cuentan con la licencia de manejo, entonces la autoridad si podrá ordenar la detención de la unidad y su correspondiente remisión a un corralón de resguardo.
La opción del amparo, para evitar ser infraccionado y sobre todo que la unidad sea remitida a un corralón es una opción, pero para los abogados del despacho Advokasi, consideran que lo ideal es regularizar el cambio de placas en medida de las posibilidades económicas de cada persona.