Xalapa | 2023-12-03
Una mujer presentó una queja ante la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) en contra el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) por lo que describe como una atención médica inadecuada que desembocó en la pérdida de su bebé y en una intervención quirúrgica de emergencia que resultó en la extirpación de su útero y cuello uterino, conocida como histerectomía total.
Las instituciones señaladas por la denunciante son la Unidad de Medicina Familiar No. 19 de Banderilla y el Hospital General de Zona No. 11 "Ignacio García Téllez" de Xalapa, ambos dependientes del IMSS.
La CNDH, como respuesta a esta queja, emitió la recomendación 196/2023, señalando violaciones a diversos derechos humanos, tales como la Protección de la Salud, la Integridad Personal, una vida libre de violencia obstétrica, la libertad y autonomía reproductiva, el derecho a la verdad y al proyecto de vida.
Según lo expuesto en la recomendación, el 16 de diciembre de 2020, la mujer, embarazada de 35 semanas, experimentó dolor abdominal y acudió al área de urgencias del Hospital General de Zona No. 11. Allí, un ginecólogo le informó que faltaba tiempo para el parto, además de diagnosticar una infección vaginal. Le recetaron metronidazol en tabletas vaginales y le administraron ketorolaco para el dolor.
El 19 de diciembre del mismo año, tras volver a sentir dolor abdominal, acudió nuevamente al área de Urgencias del mismo hospital, donde le practicaron un ultrasonido y se le comunicó que su bebé ya no presentaba signos vitales, siendo necesaria una cesárea de emergencia.
Al despertar de la anestesia, se le informó que su bebé había fallecido y que, debido a complicaciones de la cesárea, se le había realizado una histerectomía. Posteriormente, fue trasladada a otra unidad médica donde se le realizó un ultrasonido y una tomografía, confirmando la presencia de líquido amniótico y coágulos de sangre, lo que requirió una segunda cirugía. Esta vez fue trasladada al Hospital General de Zona No. 71, donde permaneció hasta el 26 de diciembre de 2020.
La investigación de la CNDH sobre el expediente CNDH/4/2021/586/Q reveló que los médicos no agotaron los medios de diagnóstico necesarios para proporcionar un tratamiento específico, exponiendo a la mujer a complicaciones secundarias de la infección, como amenaza de parto prematuro y pielonefritis, entre otras irregularidades.
El personal médico, según la evidencia, incumplió acciones fundamentales de prevención, detección y control de riesgos infecciosos, tanto cervicovaginales como urinarios, además de no preservar las notas del servicio médico, lo que resultó en la prescripción de medicamentos y una receta no correspondientes al IMSS.
La CNDH también señaló que se incumplieron procedimientos para preservar la fertilidad de la mujer, siendo este su primer embarazo y estando en edad fértil. Las omisiones del personal médico, según la comisión, se relacionan directamente con el parto prematuro presentado.
El impacto de esta inadecuada atención médica, según la CNDH, no solo tuvo repercusiones físicas sino también psicológicas en la mujer, sometiéndola a una experiencia traumática que ha marcado un antes y un después en su vida.
En su recomendación, la CNDH sugiere inscribir a la mujer en el Registro Nacional de Víctimas, proceder a una reparación integral del daño, incluyendo compensación, brindar atención médica, psicológica y tanatológica.
Asimismo, recomienda la impartición de un curso integral de capacitación en derechos humanos al personal médico y directivo del área de Gineco-Obstetricia del IMSS en los hospitales mencionados, así como campañas de difusión.