Xalapa | 2021-09-07 | Jesús Ruíz
Veracruz se había adelantado a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que declaró inconstitucional la criminalización del aborto de manera absoluta en el país y la entidad ya trabaja en la implementación de un Protocolo para la Interrupción Legal del Embarazo hasta las 12 semanas de gestación.
La diputada local de MORENA, Mónica Robles Barajas, señaló que el fallo histórico de los ministros confirma la legalidad de la reforma al Código Penal que aprobó el Congreso del Estado el pasado mes de julio, de ahí que el aborto legal es irreversible en la entidad.
“En Veracruz nos adelantamos (…), sí es un paso fundamental el que dio hoy la Corte, es un hecho histórico como se ha señalado porque por primera vez se pronuncia por garantizar el Derecho de las Mujeres a decidir sobre su vida sexual y reproductiva; se reconoce a las mujeres y a las personas gestantes como ciudadanas capaces de ejercer su Derecho a un libre desarrollo de su personalidad en libertad, informada (…).
“Legalmente ya no hay nada qué hacer contra la reforma en Veracruz, porque legalmente no se puede ir en contra de los Derechos Humanos; se puede tener una opinión personal, contraria a los Derechos Humanos, pero legalmente no, justamente es lo que garantiza la Corte, que todas las normas de nuestro país estén apegadas a la Constitucionalidad”, señaló la legisladora.
Este martes, por unanimidad, los ministros del máximo tribunal del país resolvieron que es inconstitucional criminalizar el aborto de manera absoluta, al declarar a invalidez del artículo 196 del Código Penal de Coahuila que establecía una pena de prisión a la mujer que voluntariamente practicara su aborto o a quien la hiciere abortar con el consentimiento de aquella.
De acuerdo con los ministros, el producto de la gestación merece una protección que incrementa en el tiempo, a medida que avanza el embarazo. Sin embargo, esa protección no puede desconocer los derechos de las mujeres y personas gestantes a la libertad reproductiva.
Al respecto, Robles Barajas dijo que los Derechos de los no nacidos también tienen que ser protegidos, sin embargo, de acuerdo a la Corte, esta protección debe ser gradual e incremental y no pueden ir en contra del Derecho de las mujeres a decidir
Señaló que Veracruz, debido a la declaratoria de alerta de violencia de género por agravio comparado del 2017, ya había avanzado en crear un Protocolo de Interrupción Legal del Embarazo y con la reciente reforma al Código Penal dicho mecanismo está en vías de implementarse.
“Ahora esta resolución de la Corte viene a fortalecer el impulso que se debe dar desde el Estado para garantizar que se pueda ejercer este Derecho y repito, hoy, incluso tuvimos una reunión con varios funcionarios de la Secretaría de Salud y con activistas de Mexfam para ir viendo cuáles son los retos que enfrenta el Estado en cuanto a infraestructura, capacitación de médicas, médicos, enfermeras, enfermeros.
“También en cuanto a la disponibilidad de los medicamentos necesarios cuando el embarazo puede ser interrumpido, utilizando medicamentos y no mediante un procedimiento quirúrgico”, detalló la legisladora.
Aseveró que a la fecha las autoridades del Gobierno del Estado han mostrado la mejor disposición para avanzar y prever el presupuesto necesario que se requiere para garantizar la ILE en la entidad.
En cuanto al fallo de la Corte, señaló que ahora ninguna autoridad puede negar este Derecho a una mujer que busque interrumpir el embarazo y en caso de que esto ocurra incluso a través de autoridades jurisdiccionales se puede obligar a las autoridades.
“En caso de que a una mujer le fuese negado el ejercicio de este Derecho los jueces ya tienen el criterio de la Corte para resolver a favor de la persona; ahora el Estado está obligado a garantizar el Derecho, ese es el mandato de los jueces”, indicó.
De acuerdo con la Corte, todas y todos los jueces de México; tanto federales como locales, deberán considerar que son inconstitucionales las normas penales de las entidades federativas que criminalicen el aborto de manera absoluta, como lo son los tipos penales que no contemplan la posibilidad de interrumpir el embarazo en un periodo cercano a la implantación, o las normas que sólo prevean la posibilidad de abortar como excusas absolutorias, pues en esos supuestos la conducta se cataloga como un delito, aunque no se imponga una sanción.