Subraya la SCJN: testimonios de oídas no son válidos para sentencia penal

*Insiste la Corte sobre la Invalidez del testimonio de oídas en Juicios Penales*

Xalapa | 2024-07-24



La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) insistió en su fallo que define el uso del testimonio de oídas como inadmisible en los procesos penales. 

 La resolución se fundamenta en la violación de dos principios constitucionales clave: el de inmediación y el de contradicción, según un comunicado emitido el miércoles.

ANTECEDENTES

El caso que llevó a esta decisión involucra un amparo directo en revisión, identificado como el número 167/2023. Dos personas condenadas por secuestro exprés agravado impugnaron su sentencia, argumentando que se basó en testimonios de oídas. 

Según los acusados, las víctimas no se presentaron en el juicio para ofrecer sus declaraciones personalmente. 

En cambio, se utilizaron los testimonios de agentes policiales que habían entrevistado a las víctimas, lo que llevó a los acusados a cuestionar la validez de la sentencia. Alegaron que se les había privado de la oportunidad de confrontar directamente las pruebas presentadas en su contra.

Durante el juicio original, se alegó que los acusados habían detenido y extorsionado a una persona, amenazándola con fabricar cargos en su contra si no pagaba una suma de dinero. Las pruebas presentadas en el caso incluían declaraciones de agentes que no presenciaron los hechos directamente, sino que reportaron lo que otros les habían dicho.


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