Elecciones 2024: ¿qué pasa si me toca trabajar el día de las votaciones?

¿Trabajarás el día de la jornada electoral? Esto dice la Ley Federal del Trabajo al respecto

Ciudad de México | 2024-05-20

El próximo domingo 2 de junio se llevarán a cabo las elecciones 2024, en las que se habrá de elegir al próximo presidente de la República, así como gobernadores, senadores y diputados locales y federales.

Salir a ejercer el voto durante la jornada electoral es un derecho y obligación que tiene todo ciudadano en México, pero ¿qué pasa si te toca trabajar ese día? Aquí te decimos qué es lo que establece la Ley Federal del Trabajo (LFT) al respecto. ¡Toma nota!

¿Tengo que trabajar el día de las elecciones?

Lo primero que debes saber es que el día de la jornada electoral el México está considerado por la Ley Federal del Trabajo como un día de descanso obligatorio, por lo que ningún empleado podrá ser obligado a trabajar en esa fecha.

De acuerdo con el artículo 75 de la LFT, en caso de que el trabajador llegue a un acuerdo para cubrir la jornada laboral, este tendrá derecho a que se le pague, independientemente del salario que le corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado.

Aunado a lo anterior, si de acuerdo con el calendario el día de descanso obligatorio llegara a coincidir con el día de descanso semanal, es decir, el día domingo, el patrón deberá cubrirle al trabajador el pago de la prima dominical.

Esto según lo estipulado en el artículo 71 de la Ley Federal del Trabajo, el cual señala que "las y los trabajadores que presten servicio en día domingo tendrán derecho a una prima adicional de un 25 por ciento, por lo menos, sobre el salario de los días ordinarios de trabajo".

¿Puedo salir a votar si me toca trabajar?

Independientemente de que las elecciones 2024 sean un hecho histórico en México, al ser la jornada electoral más grande que tendrá el país, todo ciudadano debe acudir a las urnas para emitir su voto y elegir, así, el rumbo que tomará el país durante los próximos seis años.

Debido a ello, quienes trabajen ese día tendrán el derecho de tomarse un tiempo para ir a ejercer su voto y, posterior a eso, retomar sus actividades laborales, tal  como lo establece el artículo 132 en la fracción IX.

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