Xalapa | 2024-10-22
El Juzgado Decimoséptimo de Distrito en Veracruz ordenó la suspensión de cualquier acto de violencia o intimidación en contra de quienes se oponen a la elección popular de jueces y magistrados tras la implementación de la "tómbola judicial".
Dicha decisión también abarca la prohibición de cualquier acto que implique desaparición forzada, en respuesta a denuncias de ataques contra la integridad personal de los opositores.
La medida fue adoptada luego de que el Vocal Ejecutivo de la Junta Distrital del Instituto Nacional Electoral (INE) en Veracruz, Josué Cervantes Martínez, junto con otras autoridades, impugnaron la suspensión que fue otorgada a los quejosos y que frena el proceso de elección de jueces, magistrados y ministros.
Los quejosos, cuyo anonimato ha sido solicitado, argumentan que la reforma y su régimen transitorio atentan contra la independencia del Poder Judicial.
Entre los puntos clave que buscan frenar destacan los transitorios segundo, séptimo y decimoprimero, que regulan el proceso legislativo y la convocatoria para la elección extraordinaria de jueces, magistrados y ministros.
El juzgado también ordenó a las autoridades, incluida la presidenta Claudia Sheinbaum, que informen en un plazo de 24 horas sobre el cumplimiento de la suspensión.
En caso de incumplimiento se advirtió que el Ministerio Público podría intervenir, ya que la violación de esta medida cautelar constituiría un delito conforme a la Ley de Amparo.
Esta resolución se produjo en paralelo a la desestimación de un recurso de queja interpuesto por el Ministerio Público, en el que se buscaba revertir la suspensión que frena la reforma judicial.
El Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Séptimo Circuito rechazó la queja del Ministerio Público, determinando que carece de legitimación para recurrir la suspensión, ya que no afecta sus atribuciones.
La suspensión provisional se mantendrá en vigor mientras se resuelve el amparo de fondo, con el objetivo de garantizar la independencia judicial y evitar medidas derivadas de la reforma, como la reducción de sueldos o la extinción de fideicomisos.
El tribunal también subrayó que la suspensión no contraviene el interés social ni las disposiciones de orden público, afirmando que su propósito es mantener el equilibrio entre el Poder Judicial y el Ejecutivo mientras se lleva a cabo el juicio de amparo.