Actualiza Sedema las Áreas Privadas de Conservación en Veracruz

Coatzacoalcos | 2020-07-14 | Heder López Cabrera

Son 21 las Áreas Privadas de Conservación (APC) del sur de Veracruz las que aparecen en la actualización de la Secretaría de Medio Ambiente (Sedema), de las cuales Uxpanapa y Minatitlán encabezan la lista al aparecer con más lugares, destacando la de Puerto Spimver con poco más de 2.5 millones de hectáreas.

Lo anterior forma parte del acuerdo para actualizar el registro de espacios naturales protegidos del estado de Veracruz publicado el lunes en un número extraordinario de la Gaceta Oficial, que entró en vigor este martes; la última vez en que se hizo esta actualización fue en 2016, tal como consta en el sitio web de la Sedema.

“Se actualiza el Registro de Espacios Naturales Protegidos, el cual estará conformado por el listado de las Áreas Naturales Protegidas, las Áreas Privadas de Conservación, las áreas verdes estatales y las áreas naturales protegidas de competencia municipal contempladas en los anexos integrados al presente Acuerdo”, se lee en el artículo segundo de la publicación.

En el anexo correspondiente del Registro de Áreas Naturales Protegidas de Competencia estatal aparece San Felipe II, ubicado en Uxpanapa, cuya superficie es de 105 millones 711 580 metros cuadrados, bajo la categoría de reserva ecológica.

En cuanto al registro de las APC de competencia estatal aparecen 10 predios particulares asentados en Uxpanapa, cinco para Minatitlán, entre los 2 millones 558 mil 400 metros cuadrados para Spimver, cuya vigencia es de 99 años, ya que se construirá una terminal de almacenamiento marítimo.

En el listado también aparecen dos APC más en Chinameca, uno en Nanchital, uno en Ixhuatlán del Sureste, uno en Jesús Carranza y uno más en Coatzacoalcos, esta última conocida como ‘Dos Ríos’ con una superficie de 128 mil 419.38 metros cuadrados con vigencia de 99 años.

De acuerdo a la Sedema las APC son zonas del territorio estatal en donde los ambientes no han sido significativamente alterados por la actividad del ser humano o que requieren ser preservadas o restauradas, y en donde los pequeños propietarios, ejidos y comuneros interesados podrán voluntariamente destinar los predios que les pertenezcan a acciones de preservación, conservación y restauración de los ecosistemas y su biodiversidad representados en el Estado mediante el uso de herramientas legales de conservación.